DIAN activa nueva etapa de cobro coactivo a deudores morosos en Colombia
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) comunicó recientemente la entrada en una fase ampliada de control fiscal dirigida a personas naturales, empresas y entidades inscritas en su registro de deudores morosos.
La medida se aplica cuando una obligación tributaria está firmada y el contribuyente no responde a los requerimientos oficiales, permitiendo activar un proceso de cobro forzado a nivel nacional, según la información disponible.
Entre las herramientas previstas figuran embargos de saldos en cuentas, la afectación de bienes y la retención de fondos ubicados en billeteras digitales. Un informe citado por El Cronista señala que estas billeteras funcionan como depósitos electrónicos gestionados por entidades reguladas por la Superintendencia Financiera o por la Superintendencia de Economía Solidaria, por lo que podrían someterse a congelación bajo las mismas normas que otros productos financieros.
El inicio del procedimiento se formaliza con un mandamiento de pago que detalla la deuda y establece un plazo para cancelar o presentar defensa. De no obtenerse respuesta, la DIAN podría activar medidas cautelares como el embargo de cuentas, el bloqueo de recursos o la retención de fondos disponibles, de acuerdo con la normativa vigente.
- Alcance: personas naturales y jurídicas incluidas en la base de deudores morosos
- Etapas: notificación, mandamiento de pago y posibles acciones coactivas
- Billeteras digitales: posibles congelaciones de fondos en depósitos electrónicos regulados
- Propósito: asegurar el cobro de deudas fiscales y sostener el ingreso público
«La finalidad es garantizar la recaudación de recursos para el erario y evitar la mora en el cumplimiento de las obligaciones fiscales», – Portavoz de la DIAN
Nota aclaratoria: este texto describe procesos administrativos de cobranza y no sanciones penales.

















