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DIAN activa nueva etapa de cobro coactivo a deudores morosos en Colombia

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) comunicó recientemente la entrada en una fase ampliada de control fiscal dirigida a personas naturales, empresas y entidades inscritas en su registro de deudores morosos.

La medida se aplica cuando una obligación tributaria está firmada y el contribuyente no responde a los requerimientos oficiales, permitiendo activar un proceso de cobro forzado a nivel nacional, según la información disponible.

Entre las herramientas previstas figuran embargos de saldos en cuentas, la afectación de bienes y la retención de fondos ubicados en billeteras digitales. Un informe citado por El Cronista señala que estas billeteras funcionan como depósitos electrónicos gestionados por entidades reguladas por la Superintendencia Financiera o por la Superintendencia de Economía Solidaria, por lo que podrían someterse a congelación bajo las mismas normas que otros productos financieros.

El inicio del procedimiento se formaliza con un mandamiento de pago que detalla la deuda y establece un plazo para cancelar o presentar defensa. De no obtenerse respuesta, la DIAN podría activar medidas cautelares como el embargo de cuentas, el bloqueo de recursos o la retención de fondos disponibles, de acuerdo con la normativa vigente.

  • Alcance: personas naturales y jurídicas incluidas en la base de deudores morosos
  • Etapas: notificación, mandamiento de pago y posibles acciones coactivas
  • Billeteras digitales: posibles congelaciones de fondos en depósitos electrónicos regulados
  • Propósito: asegurar el cobro de deudas fiscales y sostener el ingreso público

«La finalidad es garantizar la recaudación de recursos para el erario y evitar la mora en el cumplimiento de las obligaciones fiscales», – Portavoz de la DIAN

Nota aclaratoria: este texto describe procesos administrativos de cobranza y no sanciones penales.

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