Senador radica proyecto para subir a 75 años edad de retiro forzoso

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El senador Antonio José Correa Jiménez radicó en el Congreso de la República un proyecto de ley que propone modificar la Ley 1821 de 2016 para elevar de 70 a 75 años la edad de retiro forzoso de los servidores públicos en Colombia. La iniciativa, presentada ante la Secretaría del Senado, busca permitir que aquellos funcionarios que se encuentren en condiciones de trabajar puedan continuar aportando su experiencia y conocimiento institucional por un período adicional de cinco años. El proyecto no establece una permanencia obligatoria hasta los 75 años, sino que fija un nuevo límite máximo legal, dejando abierta la posibilidad de que quien reúna los requisitos para pensionarse solicite su salida voluntaria antes de alcanzar esa edad.

La propuesta legislativa modifica específicamente el artículo 1 de la Ley 1821 de 2016, norma que actualmente obliga al retiro forzoso de los servidores públicos al cumplir los 70 años, al considerar esta edad como un impedimento legal para continuar en el cargo. Correa explicó que el proyecto diferencia claramente entre la edad límite para permanecer en el empleo público y la decisión individual de pensionarse, por lo que no se trata de una medida que imponga una carga laboral adicional, sino de ampliar el margen de elección del funcionario. La iniciativa aplica a trabajadores de todas las ramas del poder público, órganos de control, entidades estatales y particulares que ejercen funciones públicas, con excepción de los cargos de elección popular y aquellos servidores incluidos en el artículo 1 del Decreto Ley 3074 de 1968.

Una propuesta que no obliga ni es un cheque en blanco

En declaraciones a medios, el senador Correa fue enfático al señalar que «el proyecto que radiqué no obliga a ningún servidor público a trabajar hasta los 75 años». Aclaró también que «esta no es un cheque en blanco ni una defensa de la permanencia indefinida. Es un proyecto de ley». Con estas palabras buscó despejar las dudas sobre un posible estancamiento de la renovación en las entidades estatales, reconociendo que la edad de retiro forzoso cumple también una función de recambio generacional que deberá discutirse a fondo durante el trámite legislativo. El senador admitió que ese es uno de los puntos que requerirá mayor análisis en las comisiones del Senado.

El proyecto incluye una disposición transitoria clave: aquellos servidores públicos que hayan sido retirados forzosamente después del 1 de enero de 2026 podrán solicitar su reincorporación, siempre que cumplan una serie de condiciones. No se trata de un retorno automático: el interesado debe tener menos de 75 años, conservar las condiciones físicas y profesionales exigidas para el cargo, que exista una vacante disponible, cumplir con las reglas de carrera administrativa y no tener inhabilidades legales. Quienes se reincorporen bajo esta figura no podrán reclamar salarios, prestaciones sociales ni indemnizaciones correspondientes al período en que estuvieron separados del servicio. La iniciativa arranca así su recorrido en el Congreso, donde se espera un debate que combine la valoración de la experiencia acumulada con la necesidad de abrir espacios a nuevas generaciones en la administración pública.

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