Senadora Lozano rechaza emergencia económica para reforma tributaria hundida en Congreso de Bogotá

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La senadora Angélica Lozano, integrante de la Comisión IV de Presupuesto del Congreso de la República, deslegitimó la propuesta del Gobierno del presidente Gustavo Petro de declarar una emergencia económica mediante decreto para implementar la reforma tributaria que fue hundida por el Legislativo el 9 de diciembre de 2025. En una misiva publicada en respuesta a la rueda de prensa del ministro de Hacienda, Germán Ávila, Lozano calificó la iniciativa como improcedente, argumentando que el rechazo congressional al proyecto de ley de financiamiento no justifica un estado de excepción, dejando así desfinanciado el Presupuesto General de la Nación para 2026.

El hundimiento de la reforma tributaria impulsada por el Gobierno Petro generó un debate sobre el equilibrio de poderes y los límites constitucionales a los estados de excepción, en un contexto donde el Ejecutivo evalúa medidas para asegurar recursos estatales y cumplir metas sociales de su plan de desarrollo. Lozano enfatizó que la falta de aprobación de un proyecto gubernamental en el Congreso representa una manifestación ordinaria de los pesos y contrapesos democráticos, no un hecho sobreviniente, extraordinario ni imprevisible que habilite la declaratoria de emergencia económica según los artículos 215 y 341 de la Constitución Política.

Argumentos constitucionales de la senadora

En su documento, la senadora citó jurisprudencia de la Corte Constitucional, como las sentencias C-122 de 1997 y C-383 de 2023, para respaldar su posición de que los estados de excepción no pueden usarse para sustituir el funcionamiento natural de las ramas del poder público ni evadir las consecuencias políticas de un trámite legislativo democrático.

“Dejo constancia expresa de que la eventual decisión del Congreso de la República de no aprobar un proyecto de ley del Gobierno —incluida una reforma tributaria— NO constituye un hecho sobreviniente, extraordinario ni imprevisible, y por tanto NO habilita la declaratoria de un Estado de Emergencia Económica en los términos de los artículos 215 y 341 de la Constitución Política”

Angélica Lozano, senadora

“La Corte Constitucional ha sido categórica en reiterar que los estados de excepción no pueden ser usados para sustituir o corregir el funcionamiento natural de las ramas del poder público, ni para evadir las consecuencias políticas de un trámite legislativo democrático (sentencias C-122 de 1997 y C-383 de 2023)”

Angélica Lozano, senadora

Respuesta del Gobierno Nacional

Por su parte, el ministro Germán Ávila reconoció las dificultades generadas por el hundimiento de la reforma para varios proyectos sociales, aunque dejó entrever que el Gobierno analizará todas las medidas necesarias, incluyendo la posibilidad de una emergencia económica, para garantizar el cumplimiento de sus metas.

“Han generado una situación de dificultades para la implementación de varios proyectos sociales, razón por la cual el Gobierno va a analizar cuidadosamente las decisiones que sean necesarias y que deba tomar para asegurar el cumplimiento de las metas sociales que se ha planteado el Gobierno en su plan de desarrollo. ¿Se podría plantear una emergencia económica? El Gobierno va a analizar todas las medidas que sean necesarias”

Germán Ávila, ministro de Hacienda

Lozano concluyó su misiva advirtiendo que recurrir a un estado de emergencia para suplir la voluntad del Congreso configuraría un uso inconstitucional de los poderes excepcionales, una violación al principio de separación de poderes y una desnaturalización del artículo 215 constitucional, intensificando así el pulso entre el Ejecutivo y el Legislativo en Colombia.

“Queda así consignado que recurrir a un estado de emergencia para sustituir la voluntad del Congreso constituiría un uso abiertamente inconstitucional de los poderes excepcionales, una violación del principio de separación de poderes y una desnaturalización del artículo 215 de la Constitución”

Angélica Lozano, senadora

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