Servidores públicos no se benefician automáticamente de jornada de 42 horas

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La abogada laboralista Cindy Isaza, a través de un video explicativo compartido el miércoles 8 de julio de 2026 en su cuenta de Instagram, aclaró una de las dudas más recurrentes entre los trabajadores colombianos en los últimos días: la reducción de la jornada laboral a 42 horas semanales, que entra en vigor el próximo 15 de julio, no aplica de forma automática para los empleados del sector público. La jurista, especializada en derecho laboral, explicó que el cambio, aunque impacta al régimen general, tiene excepciones importantes que muchos desconocen.

Isaza señaló que la base de la confusión radica en la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, estableciendo la reducción progresiva de la jornada máxima ordinaria de 48 a 42 horas semanales. “Esa ha sido una de las preguntas que más me han hecho en estos días y la respuesta es no, no de forma automática, porque la reducción a cuarenta y dos horas nació con la ley 2101 del 2021 que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, y esa es la clave”, afirmó la abogada. La clave, según precisó, es que dicha legislación solo aplica al sector privado, mientras que los empleados públicos se rigen por un régimen especial establecido en el Decreto Ley 1042, y los trabajadores oficiales, aunque tienen contrato de trabajo, también dependen de su propio régimen especial.

Regímenes especiales y aclaraciones clave

La abogada enfatizó que “en el sector público las reglas son completamente diferentes” y que, por tanto, ni la Ley 2101 ni la Reforma Laboral modificaron automáticamente la jornada de los servidores públicos. “Tienen un régimen especial y su jornada sigue regulada por el Decreto Ley 1042”, explicó Isaza, añadiendo que “los trabajadores oficiales, aunque tienen contrato de trabajo, tampoco pasan automáticamente a 42 horas porque su jornada depende de su régimen especial”. La jurista recordó que la Función Pública ha reiterado este punto en sus conceptos, por lo que “la sola entrada en vigencia de las 42 horas no cambia la jornada de quienes trabajan en el sector público”. En consecuencia, recomendó a los empleados de alcaldías, gobernaciones, ministerios, la Fiscalía y cualquier otra entidad pública no asumir que desde el 15 de julio trabajarán 42 horas semanales, ya que cualquier modificación deberá hacerse por la vía que corresponda a cada régimen, no por la sola Ley 2101.

“Si trabajas en una alcaldía, una gobernación, un ministerio o la Fiscalía, o cualquier otra entidad pública, no des por hecho que desde el 15 de julio vas a trabajar 42 horas semanales. Si ese cambio llega al sector público, tendrá que hacerse por la vía que corresponda a cada régimen, no por la sola Ley 2101.”

Cindy Isaza, abogada laboralista

Más allá de la aclaración sobre el sector público, Isaza también abordó otros efectos importantes de la reducción de la jornada. Destacó que, desde el 1 de julio, el recargo por trabajo en domingo subió al 90%, lo que incrementa significativamente la remuneración para quienes laboran en su día de descanso obligatorio. Además, aclaró que el cambio no implica una reducción salarial: “El salario y las prestaciones no se reducen. De hecho, ocurre lo contrario. Al dividir el mismo salario entre menos horas, aumenta el valor de la hora de trabajo. Y si aumenta el valor de la hora, también aumentan las horas extras, el trabajo nocturno y los recargos dominicales y festivos”. Asimismo, la abogada señaló que las empresas dejan de estar obligadas a conceder el día de la familia y las dos horas semanales de recreación y capacitación en compañías con más de 50 trabajadores, pero advirtió que “cuidado, dejan de ser obligatorias, pero la empresa puede otorgarlas voluntariamente”.

La jurista hizo un llamado final a la prudencia y a la verificación de la información que circula en redes sociales, especialmente en un tema tan sensible como el laboral, donde una misma regla no siempre aplica para todos. “Verificar la información que anda por ahí en redes sociales, porque en derecho laboral una misma regla no siempre aplica para todos”, concluyó Isaza, instando a los trabajadores a consultar fuentes oficiales y especializadas antes de tomar decisiones basadas en publicaciones no verificadas. La aclaración de la abogada, que surge de las múltiples preguntas que ha recibido en los últimos días, busca disipar la confusión y evitar que los empleados públicos asuman un cambio que, por ahora, no les corresponde de manera automática.

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