La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de su Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones, notificó el 28 de noviembre una multa superior a 2.013 millones de pesos a Comcel S.A., conocida como Claro, por vulnerar el derecho a la portabilidad numérica de usuarios beneficiarios del programa Última Milla Móvil del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, NavegaTIC. La sanción, establecida en la Resolución 95096 de 2025, se impuso en Colombia debido al rechazo injustificado de solicitudes de portabilidad, donde Claro asoció supuestas deudas no demostradas como barrera para el cambio de operador.
La investigación reveló que Claro bloqueó procesos de portabilidad para beneficiarios del programa NavegaTIC, una iniciativa pública destinada a promover la inclusión digital mediante planes móviles gratuitos para estudiantes de colegios oficiales y población de estratos 1 y 2. La Superintendencia determinó que no existía evidencia de deudas reales, y que la consecuencia prevista por el incumplimiento del programa era únicamente la pérdida del beneficio, no una obligación de pago que justificara impedir la libre elección del operador.
Reacciones y próximos pasos de Claro
Claro Colombia ha anunciado que interpondrá recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y, en segunda instancia, apelación ante el Superintendente Delegado para la Protección del Consumidor. La multa permanece firme mientras se resuelven estos recursos, aunque la decisión no es definitiva. La empresa defiende su posición argumentando que durante la investigación administrativa presentó pruebas que desvirtúan los cargos imputados.
“Durante la investigación administrativa presentamos argumentos y pruebas que desvirtúan los cargos imputados”
Claro Colombia
“no vulneró el derecho de los usuarios ni incurrió en prácticas que afectaran la libre elección del operador”
Claro Colombia
“La consecuencia prevista era la pérdida del beneficio, no una obligación de pago que pudiera bloquear la portabilidad”
Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
Este caso subraya la supervisión permanente que ejerce la Superintendencia en el sector de telecomunicaciones para evitar limitaciones injustificadas a los derechos de los usuarios, garantizando así la competencia y la protección del consumidor en un mercado donde la portabilidad numérica es un derecho fundamental.

















