La Superintendencia de Industria y Comercio impuso una multa por 4.679.844.144 pesos a Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP BIC, conocida como Movistar, por vulnerar el derecho de los usuarios a la portabilidad numérica. Esta sanción, establecida mediante la Resolución 26355 del 15 de abril de 2026 y difundida el 30 de abril, surgió tras denuncias de otros operadores que señalaron el incumplimiento de una orden administrativa previa por parte de la empresa.
Como proveedor donante en procesos de cambio de operador, Movistar dificultó el trámite al no entregar oportunamente el NIP de confirmación o al omitirlo por completo, además de enviar mensajes con ofertas comerciales antes de proporcionar dicho código, lo que contraviene las normas regulatorias en Colombia.
Reincidencia en infracciones relacionadas con la portabilidad
El NIP resulta clave para identificar y formalizar el proceso de portabilidad numérica dentro de los plazos establecidos por la regulación, permitiendo a los usuarios cambiar de operador sin complicaciones. La Superintendencia había impartido previamente una orden administrativa para que Movistar cumpliera con estas normas, pero no existe evidencia de que la empresa haya atendido dicha directriz, lo que configura una reincidencia en sanciones por problemas similares con la portabilidad.
Frente a esta decisión, proceden recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y apelación ante la Superintendencia Delegada para la Protección del Consumidor, opciones que la compañía podría explorar para controvertir la multa equivalente a 4.679 millones de pesos.












