La Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, a través de su Delegatura para la Protección de Datos Personales, desestimó la solicitud presentada por el aspirante presidencial Sergio Fajardo el 4 de noviembre de 2025 para eliminar temporalmente un video titulado «Hidroituango: la historia» publicado en la cuenta @elcontralorcol de TikTok por Felipe Córdoba, excontralor general y precandidato presidencial. La entidad determinó que no aplica la Ley 1581 de 2012 en este caso, ya que se trata de una cuenta personal en redes sociales y no de una base de datos estructurada regulada por la norma.
Fajardo había alegado que el video formaba parte de una campaña de desinformación en su contra iniciada desde 2022, con uso no autorizado de su imagen, voz y nombre, además de un tratamiento indebido de datos personales sensibles. El contenido incluye segmentos con el político y aborda hechos de actualidad protagonizados por Córdoba, como parte de una miniserie documental híbrida. Sin embargo, la SIC revisó el enlace y concluyó que el material permanece en la plataforma, enfatizando los límites de la ley para publicaciones ocasionales en redes sociales.
Libertad de expresión por encima de la protección de datos
La Superintendencia argumentó que los debates sobre la veracidad de la información, el impacto reputacional o los límites del discurso político deben resolverse mediante mecanismos judiciales adecuados, y no a través de procedimientos administrativos de protección de datos personales. Recomendó a Fajardo acudir a instancias judiciales para dirimir estas disputas, destacando que el contenido del video podría estar protegido por la libertad de expresión y de información, especialmente al tratar temas de debate público y mencionar a figuras políticas como Fajardo y Córdoba.
«En general, las cuentas personales en redes sociales no se consideran bases de datos reguladas por esta ley».
Delegatura para la Protección de Datos Personales de la SIC
«Sería una situación absurda y contraria al propósito de la norma».
Delegatura para la Protección de Datos Personales de la SIC
La decisión subraya que la Ley 1581 de 2012 no fue creada para regular publicaciones ocasionales de información personal en redes sociales ni para restringir contenidos vinculados al ejercicio de la libertad de expresión, incluso si incluyen imágenes, nombres o referencias a figuras públicas. Fuentes como Colprensa, las cuentas oficiales de Felipe Córdoba en Facebook, Sergio Fajardo en X, la SIC en X e Infobae Colombia confirman estos detalles en el contexto de la creciente tensión política entre ambos precandidatos.

















