Subcomisiones del Congreso rechazan objeciones presidenciales a Ley de Mérito

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Las subcomisiones accidentales del Congreso de la República, encargadas de estudiar las objeciones presidenciales al proyecto de Ley de Mérito, presentaron un informe en el que recomiendan rechazar la mayoría de los reparos planteados por el jefe de Estado y proponen insistir en la aprobación de la iniciativa, a excepción de una modificación puntual en su título. El documento, dado a conocer en septiembre de 2026, será sometido a votación en las plenarias del Senado y la Cámara de Representantes en la tarde del martes 22 de septiembre, definiendo así el futuro inmediato de una normativa que busca proteger los requisitos mínimos para acceder a cargos directivos en el sector público nacional.

La iniciativa, identificada con los números 056/2024 en la Cámara y 345/2024 en el Senado, fue aprobada previamente por el Legislativo, pero el presidente Abelardo de la Espriella la objetó a finales de agosto por considerarla inconstitucional e inconveniente. Sin embargo, el informe de las subcomisiones, integradas por los senadores Hernán Darío Cadavid Márquez —autor del proyecto—, Óscar Hernán Sánchez León y Juan Carlos García Gómez, junto con los representantes Víctor Manuel Salcedo Guerrero, Jorge Alexander Quevedo Herrera y Jhon Jairo Berrío López, concluye que no deben acogerse dichas objeciones y que se debe insistir en los artículos 1 a 5, con las modificaciones y precisiones incluidas en el texto. El artículo 6 se mantendría sin cambios.

El fondo de la controversia

El Gobierno nacional argumentó que el proyecto desnaturaliza las competencias constitucionales de la Sala de Consulta y Servicio Civil, configura una coadministración judicial prohibida e invade las facultades del Ejecutivo. Además, advirtió que mantener requisitos elevados —como maestrías específicas o hasta quince años de experiencia— podría generar una perpetuación de barreras excluyentes al impedir su racionalización. Frente a estos reparos, las subcomisiones recomendaron aceptar únicamente la objeción sobre el título, ajustándolo para que corresponda al contenido material de la ley, y rechazar el resto, proponiendo insistir con las modificaciones ya incorporadas al articulado.

«El mérito debe ser el camino que permita las oportunidades para todos los colombianos, queremos este avance en el Congreso de la República de un trabajo muy esforzado que permita que los colombianos puedan llegar a los espacios que merecen después de todo su esfuerzo, esa será nuestra lucha».

Hernán Darío Cadavid Márquez, senador autor del proyecto

La decisión final recaerá en las plenarias de ambas cámaras, presididas por Honorio Henríquez Pinedo en el Senado y Nicolás Barguil Cubillos en la Cámara. Si se aprueba la insistencia respecto de las objeciones por inconstitucionalidad, el caso deberá pasar a la Corte Constitucional, tal como lo establece el artículo 167 de la Constitución Política, para que sea ese alto tribunal el que dirima la controversia. Así lo señala el propio informe: «En consecuencia, si las Plenarias de ambas Cámaras aprueban la insistencia respecto de las objeciones por inconstitucionalidad, deberá darse aplicación al trámite previsto en el artículo 167 de la Constitución Política para que la Corte Constitucional decida definitivamente sobre la discrepancia».

El resultado de esta votación no solo definirá el destino de la Ley de Mérito, sino que también marcará un precedente sobre el equilibrio de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo en materia de requisitos para la función pública. De aceptarse las objeciones, el proyecto podría archivarse o ser modificado según los planteamientos del presidente De la Espriella, mientras que una insistencia por inconstitucionalidad abriría la puerta a un fallo de la Corte que zanje la pugna. Mientras tanto, los defensores de la iniciativa, liderados por el senador Cadavid, confían en que el mérito siga siendo el criterio rector para acceder a los cargos directivos del Estado.

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