En Colombia, la subrogación de bienes ante notaría se presenta como un mecanismo eficaz para proteger el patrimonio individual durante la separación o la liquidación de la sociedad conyugal. El abogado y asesor jurídico Jackson Peláez explica que este procedimiento debe registrarse en una escritura pública y requiere de dos diligencias notariales precisas para quedar formalmente inscrito ante la autoridad competente, consolidando así el marco de seguridad jurídica para quienes buscan salvaguardar bienes adquiridos antes del matrimonio o la convivencia.
Peláez señala que la protección aplica a patrimonios obtenidos antes del vínculo y que, para conservar esa protección al momento de adquirir un nuevo inmueble, es indispensable manifestar ante la notaría que el dinero proviene de la venta de un bien anterior. En Colombia, todo debe hacerse ante una notaría y quedar registrado en las escrituras públicas. Asimismo, si se vende el bien dentro de la sociedad patrimonial, es crucial dejar constancia de la procedencia de los recursos para evitar reclamaciones de la pareja durante la liquidación de la sociedad conyugal. En resumen, se requieren dos diligencias notariales precisas que deben quedar plasmadas en la escritura pública para que la subrogación tenga efectos jurídicos.
La subrogación de bienes ante notaría, un escudo para patrimonios previos
Antecedentes: la separación o el divorcio suelen complicarse por la división de bienes y la liquidación de la sociedad conyugal, especialmente cuando hay dudas sobre la procedencia y protección de patrimonios adquiridos antes del matrimonio o la unión de hecho. Este contexto ha llevado a profesionales del derecho a advertir sobre la importancia de realizar los trámites ante notarías para proteger el patrimonio individual, con un impacto directo en la reducción de conflictos durante la disolución de la unión. La omisión de cualquiera de los pasos podría permitir que la pareja reclame participación sobre la nueva vivienda, por lo que el trámite denominado subrogación de bienes debe quedar registrado en la escritura pública y dejar constancia documental de la procedencia del dinero para evitar reclamaciones posteriores durante la liquidación de la sociedad conyugal.
«Cuidado con cometer este error en Colombia que le va a salir muy caro. Los bienes que se adquieren antes del matrimonio o antes de la convivencia, su pareja no va a poder reclamar sobre eso. Pero, ¿qué pasa si usted vende ese bien estando ya en sociedad patrimonial? Lo que debe hacer es manifestar en la notaría que ese inmueble fue adquirido antes del matrimonio o convivencia», explicó Peláez. «Cuando vaya a comprar el nuevo inmueble, debe manifestar también en la notaría que el dinero proviene de la venta del bien anterior. Eso se llama jurídicamente subrogación de bienes, y lo que hace es impedir que su pareja pueda reclamar sobre ese inmueble», detalló Peláez.
En resumen, la subrogación de bienes ante notaría se consolida como una herramienta de previsión para proteger patrimonios previos, siempre que esté debidamente registrada en la escritura pública y se completen las dos diligencias notariales necesarias. Su correcta aplicación busca evitar conflictos y asegurar la claridad de la procedencia de los recursos durante procesos de separación o liquidación de la sociedad conyugal en Colombia.

















