Suspensión provisional del Decreto 0858 frena la reforma del sistema de salud en Colombia

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El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 0858 de 2025, emitido el 30 de julio de ese año, que buscaba sustituir parte 11 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 y avanzar en la configuración del Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo. La medida cautelar, solicitada por Andrés Eduardo Forero Molina, interrumpe de manera inmediata la implementación de la reforma mientras el tribunal evalúa su constitucionalidad en un proceso que se ventila ante el alto tribunal colombiano.

Con antecedentes que señalan que el decreto apuntaba a reorganizar rutas de atención, financiamiento y jerarquías de servicio priorizando la prevención y la atención primaria, la decisión del Consejo de Estado mantiene en pausa una reforma que ha sido objeto de intenso debate entre sectores políticos, empresariales y sociales. El fallo, dictado en la sede del Consejo de Estado, mantiene la duda sobre si el Ejecutivo actuó sin autorización legal o legislativa previa, dado que la Constitución reserva al Congreso la potestad de realizar reformas sustanciales al sistema de salud.

La suspensión frena la reforma de la salud y mantiene abierto el debate

El decreto buscaba sustituir la parte 11 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 y propone un Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo apoyado en la Atención Primaria de Salud, Centros de Atención Primaria y Salud (Caps), Riiss y una redefinición de las Entidades Promotoras de Salud, con el objetivo de reorganizar rutas de atención, financiamiento y jerarquías de servicio priorizando la prevención y la atención primaria. Ahora la suspensión impide su implementación, mientras el proceso continúa para determinar su constitucionalidad. En paralelo, la reforma de la salud permanece como eje de la agenda nacional y genera un amplio debate entre sectores políticos, empresariales y sociales.

«atacado por los negociantes» – Gustavo Petro, Presidente de la República

«El principal instrumento que tiene una sociedad para defender la vida humana colectiva, es el sistema de salud preventivo. Si en tiempos del Covid-19 hubiera existido en Colombia el sistema preventivo, decenas de miles de personas que murieron, no hubieran muerto. Sin el sistema de salud preventivo que construimos en todos los territorios del Tolima, no hubiéramos sobre montado, con éxito, la fiebre amarilla» – Gustavo Petro, Presidente de la República

«El sistema preventivo no es negocio, por eso, este asunto público de gran dimensión, es atacado por los negociantes porque disminuye el negocio Lamentable que aún en el mundo jurídico, que debería defender el Estado Social de Derecho, termine suspendido el derecho» – Gustavo Petro, Presidente de la República

Con la decisión, la reforma de la salud continúa siendo tema de debate entre sectores políticos, empresariales y sociales; la suspensión permite pausar cambios estructurales y abre la posibilidad de nuevos debates y controles judiciales durante la revisión de constitucionalidad.

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