La Superintendencia Financiera de Colombia anunció la fijación de la tasa de usura en 24,36% efectivo anual para el mes de enero de 2026, lo que representa una disminución de 0,66 puntos porcentuales en comparación con la tasa vigente en diciembre de 2025. Esta medida, que establece el límite máximo de intereses que pueden cobrarse en créditos tanto remuneratorios como moratorios en todo el país, se basa en datos recolectados hasta noviembre de 2025 y se calcula multiplicando por 1,5 el interés bancario corriente certificado, sirviendo como referente legal clave para evitar cobros usurarios tipificados en el Código Penal.
Entre las cifras destacadas, la tasa de usura general se sitúa en ese 24,36% efectivo anual, mientras que para el crédito productivo de mayor monto alcanza el 26,80%, el crédito productivo rural el 18,65% y el urbano el 38,49%. En el segmento de crédito popular productivo, las tasas registran el 50,88% para el rural y el 59,83% para el urbano. Esta resolución, numerada 2134 de 2025, certifica las tasas por modalidades como consumo y ordinario, microcréditos y consumo de bajo monto, con el interés bancario corriente calculado mensualmente, trimestral y anualmente a partir de la información reportada por las entidades de crédito.
Tasas específicas por tipo de crédito
Estas variaciones en las tasas buscan regular el costo del financiamiento, reduciendo el precio de los créditos y las compras realizadas con tarjetas de crédito, al tiempo que impactan directamente en los cobros por mora. Por ejemplo, en el caso del Banco de la República, un interés bancario corriente del 19,16% multiplicado por 1,5 resulta en una tasa máxima del 28,74% para modalidades de consumo y ordinario.
«La tasa de usura solo entra en juego cuando hay mora. Un retraso de apenas 24 horas ya habilita el cobro del interés máximo».
Juan Pablo Vieira, CEO y fundador de JP Tactical Trading
De esta forma, la Superintendencia Financiera refuerza los mecanismos de protección al consumidor financiero en Colombia, recordando que cualquier cobro de intereses superior a estas tasas se considera usurario y puede acarrear sanciones penales, promoviendo un entorno más accesible para el endeudamiento responsable en el próximo año.
















