Trabajadores con varios contratos en Colombia deberán revisar aportes desde abril de 2027

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Los trabajadores independientes que tengan varios contratos de prestación de servicios deberán prestar especial atención a partir de abril de 2027 a la forma en que calculan y pagan sus aportes a seguridad social, luego de que la reforma pensional, reglamentada mediante el Decreto 514 de 2025, introdujera la posibilidad de que los contratantes asuman este trámite mediante acuerdo expreso con el profesional. La medida, que aplica en todo el territorio nacional, establece que se debe cotizar sobre la totalidad de los honorarios recibidos cada mes, sin importar el número de clientes o fuentes de ingreso.

De acuerdo con Sonia Liliana Tejedor, directora del programa de Contaduría Pública de la Universidad de San Buenaventura, sede Bogotá, la primera aclaración fundamental es que la reforma pensional no creó la obligación de cotizar sobre todos los ingresos, pues esa norma ya existía. “El punto, entonces, no es que la reforma esté creando un cobro adicional por tener varios contratos. El impacto puede aparecer para quienes actualmente cotizan solo con base en el contrato más alto, aunque reciben otros honorarios que también deben entrar en el cálculo”, explicó la académica.

¿Cómo se calcula el ingreso base de cotización?

Cuando una persona tiene uno o varios contratos en un mismo mes, debe sumar todos sus honorarios, excluir el valor del IVA y calcular un ingreso base de cotización equivalente al 40 % del total, según lo dispuesto por el Ministerio de Salud. El Decreto 514 de 2025 permite que el contratante y el contratista acuerden que la empresa o entidad contratante realice el pago de seguridad social, descontando de los honorarios los porcentajes correspondientes a pensión, salud y riesgos laborales. Sin embargo, este cambio no es automático: si no hay un acuerdo con el cliente, el trabajador independiente sigue siendo el responsable directo de realizar sus propios aportes.

Para dimensionar el impacto económico, Tejedor puso como ejemplo a un consultor que recibe honorarios por 10 millones de pesos de un contrato principal, 3 millones de otro y 2 millones de un tercero, para un total de 15 millones mensuales. Si esta persona cotiza únicamente con base en el contrato mayor (10 millones), el ingreso base de cotización sería de 4 millones, y los aportes a salud y pensión rondarían 1.140.000 pesos, sin incluir riesgos laborales. En cambio, si cotiza por la totalidad de los honorarios (15 millones), el ingreso base de cotización asciende a 6 millones, y los aportes a salud y pensión serían aproximadamente 1.710.000 pesos. La diferencia entre ambos escenarios es de 570.000 pesos mensuales adicionales, un monto que, aunque significativo, no representa un cobro nuevo sino el cumplimiento de una obligación preexistente.

“Esta situación merece especial cuidado cuando una persona tiene varios clientes y más de uno acuerda hacer el descuento. Cada empresa conoce cuánto paga por su propio contrato, pero no necesariamente cuánto recibe el profesional de las demás”.

Sonia Liliana Tejedor, directora del programa de Contaduría Pública, Universidad de San Buenaventura

La falta de coordinación entre múltiples contratantes podría llevar a que se cotice por debajo o por encima de lo que corresponde, un riesgo que los trabajadores independientes deben anticipar. Por esa razón, la recomendación práctica de la experta es sencilla pero crucial: desde ahora conviene llevar un registro mensual de todos los honorarios, revisar el ingreso base de cotización reportado en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y no asumir que una planilla calculada sobre el contrato más grande cubre automáticamente los demás. La reforma pensional, lejos de crear una nueva carga, pone en el centro la necesidad de ordenar las finanzas personales y garantizar que la protección social sea realmente integral, especialmente para quienes tienen múltiples fuentes de ingreso como trabajadores independientes.

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