Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Bogotá, rechaza demanda contra nombramiento de Benedetti en Interior

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en fallo de su Sala, rechazó la demanda interpuesta por la Corporación Colectivo de Abogados “General Francisco de Paula Santander” (Cofps) que buscaba anular el nombramiento de Armando Alberto Benedetti Villaneda como ministro del Interior. Esta decisión confirma la vigencia del Decreto 0245 del 1º de marzo de 2025, mediante el cual se oficializó su posesión en el cargo con código 0005 del Ministerio del Interior, sin que se evidenciaran vulneraciones a la Constitución, leyes o decretos aplicables.

La demanda alegaba falta de idoneidad en el nombrado, cuestionando su capacidad física y psicológica, así como sus credenciales académicas y experiencia profesional, incluyendo referencias a un supuesto consumo de alcohol por parte de Benedetti, quien habría pasado por un proceso de rehabilitación. Sin embargo, el tribunal evaluó el caso conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, concluyendo que no se demostraron las causales de nulidad ni incumplimientos de requisitos legales exigidos.

La Sala desestima las pruebas presentadas

En su providencia, la Sala del Tribunal Administrativo de Cundinamarca enfatizó que las afirmaciones sobre cuestionamientos públicos o declaraciones del funcionario no sustituyen la carga probatoria requerida en un proceso judicial. Además, estableció que el nombramiento de Benedetti se expidió observando estrictamente la normatividad y jurisprudencia vigente, lo que permite que el político continúe en el cargo de ministro del Interior sin interrupciones.

“Las afirmaciones relacionadas con cuestionamientos públicos o declaraciones del funcionario no sustituyen la carga probatoria exigida en un proceso judicial”

Sala del Tribunal Administrativo de Cundinamarca

“La Sala logró establecer que el nombramiento del señor Armando Alberto Benedetti Villaneda en el cargo de Ministro, Código 0005 del Ministerio del Interior, contenido en el Decreto No. 0245 del primero (1º) de marzo de 2025 ‘Por el cual se termina un encargo y se hace un nombramiento en la planta de personal del Ministerio del Interior’, se expidió sin vulneración a la Constitución, Ley o Decreto, observándose la normatividad y jurisprudencia aplicable”

Sala del Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Este fallo judicial pone fin a la controversia legal en torno al nombramiento, reafirmando la legalidad del decreto presidencial y permitiendo que Benedetti desarrolle plenamente sus funciones al frente del Ministerio del Interior, en un contexto de debates políticos sobre la idoneidad de sus designados.

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