El Tribunal Administrativo de Antioquia, con ponencia del magistrado Álvaro Cruz Riaño, anuló la elección de Adolfo David Romero Benítez como alcalde de Apartadó y ordenó la expedición de la credencial de posesión a Héctor Rangel Palacios Rodríguez para el periodo restante 2024-2027. Esta sentencia, emitida el 30 de enero de 2026, declara la nulidad de la elección derivada de la acumulación de demandas contra el formulario de escrutinio y las proclamaciones realizadas, en un proceso que tuvo lugar en Apartadó, Antioquia.
El fallo surge del análisis de actuaciones electorales atípicas durante el preconteo y escrutinio municipal del 6 de abril de 2025, que inicialmente favorecieron a Rangel, pero fueron modificados por la Comisión Escrutadora Departamental los días 9 y 10 de abril de ese año sin la competencia legal ni orden judicial del Consejo Nacional Electoral. El tribunal identificó vulneraciones a la soberanía popular, el debido proceso y el derecho a elegir, particularmente por la calificación indebida de votos válidos como no marcados, lo que resultó en la exclusión de más de veinte mil sufragios válidos emitidos en favor de Héctor Rangel en el formulario E-26 modificado.
Irregularidades que desequilibraron el cómputo electoral
La Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral estuvieron involucrados en el proceso, cuyas defensas y las de Romero Benítez se basaron en providencias judiciales y normas electorales, pero fueron desvirtuadas por el tribunal. La decisión corrige los documentos electorales y restablece el cómputo real, invalidando la elección previa de Romero y ordenando el reemplazo inmediato en la alcaldía de Apartadó.
Este veredicto representa un impacto significativo en la administración local, asegurando que Rangel asuma el cargo para completar el periodo 2024-2027 y reafirmando la integridad del proceso democrático en medio de las anomalías detectadas.















