Tribunal de Buga, Valle del Cauca, falla abandono de Nueva EPS en tutela con 144 casos en 2025

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El Tribunal Superior de Buga, en el Valle del Cauca, determinó que la Nueva EPS, intervenida por el Gobierno nacional, incurrió en inoperancia y abandono de sus afiliados al resolver una acción de tutela interpuesta por una paciente diagnosticada con hipertensión intracraneal secundaria. En su fallo, a cargo de la ponencia del magistrado Carlos Andrés Guzmán, se evidenció el incumplimiento en la autorización oportuna de exámenes médicos, lo que obligó a la afectada a pagar de su propio bolsillo las pruebas de laboratorio necesarias debido a las demoras generadas por la autorización de servicios en una clínica distinta a la solicitada.

La paciente había realizado múltiples gestiones para obtener la autorización sin recibir respuestas efectivas de la entidad, lo que vulneró sus derechos fundamentales a la salud y la seguridad social. Este caso se enmarca en un patrón preocupante, ya que el despacho judicial ha recibido 144 casos en lo que va de 2025 en los que se sancionó a Nueva EPS por incumplir fallos de tutela, generando no solo afectaciones directas a los usuarios sino también una notable congestión en el sistema judicial.

Abandono sistemático y llamado de atención a las entidades de salud

En la providencia, el Tribunal Superior de Buga expresó con claridad la gravedad de la situación: “Sin duda alguna, la Nueva EPS ha abandonado a sus usuarios. En general, solo este despacho judicial, en 2025, recibió 144 casos en los que se sancionó a esa entidad por incumplir los fallos de tutela. La inoperancia de esa EPS no solo ha afectado el derecho a la salud y seguridad social de los usuarios, sino que ha generado una congestión judicial importante”. Además, se destacó la negligencia específica en este caso, donde la tutelante debió costear sus exámenes por la falta de diligencia: “La Sala observa con preocupación la situación de salud de los sujetos vinculados a la Nueva EPS. Sobre el particular, en este caso, la tutelante tuvo que realizarse, con sus propios recursos, unas pruebas de laboratorio por negligencia de esa EPS, situación que, hoy, es de público conocimiento”.

“Esta Sala es consciente de las vicisitudes en los cobros entre la Nueva EPS y las IPS, pero se hace un llamado de atención a las entidades adscritas al sistema de salud y seguridad social, para que garanticen la integridad física de los usuarios y, en especial aquellos que, como ocurre en este caso, requieren con urgencia, la realización de algún procedimiento”.

Tribunal Superior de Buga, ponencia del magistrado Carlos Andrés Guzmán

El fallo se produce en medio de un intenso debate nacional sobre la prestación de servicios por parte de Nueva EPS, intervenida por el Gobierno, con casos emblemáticos como el de Kevin Acosta, un menor de 7 años con hemofilia que falleció por un trauma craneoencefálico severo tras una caída en bicicleta. Aunque la entidad suministró medicamentos hasta diciembre de 2025 y atribuyó retrasos a un cambio de municipio, la familia denuncia negligencia por la demora en las autorizaciones. El magistrado Guzmán remitirá la providencia al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud para que adelanten las gestiones necesarias en garantía del derecho a la salud de los afiliados.

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