Tribunal de Cundinamarca admite demanda contra Colfondos y Hacienda por congelar pensiones de 72.600

Compartir en redes sociales

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través del magistrado Luis Manuel Lasso, admitió una acción popular presentada en contra de Colfondos y el Ministerio de Hacienda, por la reducción o congelación de las mesadas pensionales que afectará a cerca de 72.600 pensionados afiliados a esta administradora desde enero de 2026. La demanda acusa a estas entidades de vulnerar derechos colectivos relacionados con la prestación del servicio de seguridad social, particularmente en la modalidad de retiro programado, y podría extenderse a otros fondos del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, como Porvenir, Protección, Skandia y el propio Colfondos.

La controversia surge porque las mesadas de estos pensionados no se ajustaron al incremento del salario mínimo y, en algunos casos, incluso disminuyeron, a pesar de los contratos de retiro programado que incluyen cláusulas en las que los afiliados asumen riesgos de mercado, Índice de Precios al Consumidor, deslizamiento salarial, inflación superior a los rendimientos y variaciones en los precios de los títulos de inversión. Esta situación ha generado alarma entre los afectados, quienes ven amenazados sus ingresos vitalicios en un contexto donde el artículo 48 de la Constitución Política establece la irrenunciabilidad de los derechos pensionales.

Vulneración de derechos irrenunciables

El abogado que presentó la demanda enfatizó que los contratos firmados por los pensionados en retiro programado no implican la renuncia a derechos constitucionales fundamentales, recordando que el artículo 48 de la Carta Magna los califica como irrenunciables. Además, invocó el artículo 53, que obliga al Ministerio de Hacienda a garantizar el pago oportuno y el incremento periódico de las pensiones, argumentando que las justificaciones basadas en riesgos contractuales son inválidas ante la supremacía constitucional.

“Esos contratos que las personas firman no comportan que las personas renuncien a sus derechos constitucionales que claramente son irrenunciables, como dice el artículo 48 de la Constitución”.

Abogado demandante

La acción popular solicita la suspensión inmediata de cualquier congelación o reducción de mesadas en todo el país, no solo para Colfondos sino potencialmente para los cuatro fondos privados del Rais. Como alternativa a esta modalidad, los pensionados podrían optar por una renta vitalicia, que ofrece una mesada fija de por vida pero sin posibilidad de dejar herencia a sus beneficiarios.

“El artículo 53 de la Constitución dice que el Ministerio de Hacienda debe garantizar el pago oportuno y el incremento periódico. Las razones que se aducen de la existencia de contratos en los que se habla de riesgos, la misma Constitución las destruye”.

Abogado demandante

Este fallo inicial del Tribunal Administrativo de Cundinamarca marca un precedente importante para la defensa de los derechos de miles de adultos mayores que dependen de estas mesadas para su sustento, en un sistema pensional que ha sido objeto de múltiples debates sobre su equidad y sostenibilidad en Colombia.

Sigue leyendo