Tribunal de Cundinamarca en Bogotá admite tutela contra sanción CNE a campaña Petro, niega suspensión

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a cargo del magistrado Iván Darío Zuluaga, admitió una acción de tutela interpuesta por Julio César Ortiz, exmagistrado y apoderado legal de Colombia Humana, contra la sanción impuesta por el Consejo Nacional Electoral (CNE) a la campaña presidencial Petro Presidente 2022-2026. Esta sanción, aprobada el 27 de noviembre con seis votos a favor y tres en contra, acusaba a la campaña de haber excedido los topes electorales en $5.300 millones, de los cuales $3.700 millones correspondían a la primera vuelta no reportados y $1.600 millones a la segunda vuelta, ocurrida el 19 de junio de 2022. Sin embargo, el tribunal negó la solicitud de medida provisional de suspensión de la sanción, dejando la medida vigente mientras se resuelve el fondo del asunto.

La tutela cuestiona la competencia del CNE argumentando la caducidad de su facultad sancionatoria, ya que la segunda vuelta electoral se realizó el 19 de junio de 2022, y alega violaciones al debido proceso, la legalidad, los derechos políticos y la igualdad. Ortiz sostiene que el CNE sancionó a su representado sin tener competencia legal, al haber caducado su autoridad para actuar en ese lapso temporal posterior a los comicios.

Primera sanción pecuniaria a una campaña presidencial

La resolución del CNE impuso sanciones a varios responsables de la campaña, incluyendo a Ricardo Roa Barragán, quien fungió como gerente general y actualmente dirige Ecopetrol; Lucy Aydee Mogollón Alfonso, tesorera; María Lucy Soto Caro, auditora interna; así como al Movimiento Colombia Humana y a la Unión Patriótica. Se trata de la primera vez que el CNE aplica sanciones pecuniarias a una campaña presidencial por violaciones a topes electorales y aportes no permitidos, y además compulsó copias a la Fiscalía contra Roa. Los magistrados investigadores fueron Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada.

“Sancionó a nuestro representado sin tener competencia para ello, ante la ocurrencia de la caducidad de la facultad sancionatoria del CNE frente a la campaña presidencial, cuya segunda vuelta ocurrió el 19 de junio de 2022”.

Julio César Ortiz, exmagistrado y apoderado de Colombia Humana

“Negar la medida provisional solicitada, al no evidenciarse en esta etapa su necesidad y porque lo reclamado sería objeto de análisis al dictar la decisión correspondiente una vez analizadas todas las pruebas que se acompañen en el trámite”.

Iván Darío Zuluaga, magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca

La tutela busca dejar sin efectos la resolución del CNE por presunta caducidad de su facultad, pero la sanción permanece en vigor a la espera de la decisión de fondo por parte del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en un caso que marca un precedente en el escrutinio de campañas electorales presidenciales en Colombia.

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