El Tribunal Superior de Cundinamarca y Amazonas negó la solicitud de preclusión presentada por la Fiscalía General de la Nación y mantiene abierta la investigación por las muertes de Jorge Enrique Pizano Callejas, ingeniero civil y testigo clave del caso Odebrecht, y su hijo Alejandro Pizano, ocurridas en noviembre de 2018 en la finca El Ático, ubicada en el municipio de Subachoque, Cundinamarca. La decisión, conocida el 14 de julio de 2026, confirmó el fallo del Juzgado Tercero Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Funza del 8 de marzo de 2024, que ya había rechazado el cierre del expediente. El tribunal consideró que no está demostrado que las muertes hayan sido por causas naturales ni accidentales, como sostenía la Fiscalía, y señaló que aún quedan abiertas hipótesis como homicidio, suicidio o muerte natural.
En su fallo, el tribunal advirtió múltiples vacíos probatorios que impiden cerrar el caso. Entre ellos, destacó que la autopsia clínica de Jorge Enrique Pizano acreditó la existencia de una enfermedad cardíaca preexistente, pero no demostró que esta fuera la causa de su muerte. Respecto a Alejandro, quien falleció tres días después, la Fiscalía sostenía que ingirió accidentalmente cianuro de una botella que había en la finca, pero el tribunal consideró que «no quedó plenamente acreditado que la botella con cianuro y la secuencia descrita por la Fiscalía basten para cerrar el expediente».
Los vacíos de la investigación
El tribunal también reprochó que la Fiscalía no explorara suficientemente si ambas muertes guardan relación con el contexto de corrupción de Odebrecht, en el que Jorge Enrique Pizano fungió como informante clave. La finca El Ático, según el fallo, «no era un lugar de acceso exclusivo», pues tenían acceso familiares, trabajadores, personal de servicio y contratistas, y además se reportó un antecedente de intento de hurto. Una empleada declaró haber encontrado una puerta abierta el día de los hechos, mientras que ningún testigo vio a Jorge Enrique Pizano ingerir alguna sustancia. Otra empleada mencionó la posibilidad de un suicidio, pero sin hechos concretos que lo respalden. Se reportaron movimientos de objetos y solicitudes para ocultar un documento hallado en la habitación, lo que añade más interrogantes.
Otro punto crítico señalado por el tribunal es que el teléfono celular de Pizano registró actividad laboral y personal hasta el día de su muerte, pero parte de los chats de WhatsApp no pudo recuperarse. Los peritos plantearon la posibilidad de que hubieran sido borrados por el usuario o por un tercero, lo que no se investigó a fondo. El tribunal concluyó que «bajo este panorama, es evidente que, aunque existen elementos que podrían ser compatibles con distintas teorías, entre ellas el homicidio, el suicidio o la muerte natural, ninguna ha sido demostrada conforme el estándar probatorio exigido».
«La elemental de que pudo también haber sido sujeto pasivo de homicidio»
Tribunal Superior de Cundinamarca y Amazonas, fallo
La Fiscalía había solicitado la preclusión argumentando que la muerte de Jorge Enrique Pizano fue por causas naturales (un infarto) y la de Alejandro fue un accidente con cianuro. Sin embargo, el tribunal considera que esas hipótesis no están suficientemente demostradas y que persisten elementos que apuntan a un posible homicidio. La decisión ordena a la Fiscalía profundizar la investigación, incluyendo la posible conexión con los sobornos de Odebrecht y sus beneficiarios, un aspecto que el tribunal considera no se exploró adecuadamente. Jorge Enrique Pizano había denunciado presuntas irregularidades y expresado preocupación por su seguridad antes de morir, lo que mantiene vivo el escándalo de corrupción más grande de la historia reciente de Colombia.












