Tribunal ordena rectificar a Carrillo por vincular a exsenador Trujillo en caso Ungrd

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El Tribunal Superior de Bogotá, a través de su Sala Civil de Decisión, ordenó al exdirector de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd), Carlos Carrillo, rectificar las afirmaciones en las que señaló al exsenador conservador Carlos Andrés Trujillo González como “el cerebro del desfalco de la Ungrd”. La decisión, emitida en segunda instancia, revocó parcialmente el fallo del Juzgado 36 Civil del Circuito de Bogotá y concedió el amparo de los derechos fundamentales a la honra, el buen nombre y la rectificación solicitados por Trujillo mediante acción de tutela. El tribunal consideró que las declaraciones de Carrillo, realizadas en espacios públicos como la entrevista con Alejandro Riaño en el programa Juanpis González el 10 de julio de 2026, afectaron de manera directa la reputación del excongresista.

La providencia exige que Carrillo reconozca expresamente que no cuenta con evidencia ni elementos probatorios que vinculen a Trujillo con los presuntos hechos de corrupción en la Ungrd. El plazo para cumplir la orden es de 48 horas siguientes a la notificación de la sentencia, y la rectificación deberá difundirse en condiciones de equidad, con una exposición equivalente a la que tuvieron las publicaciones originales donde se hicieron las afirmaciones. Esta exigencia busca que la corrección llegue al mismo público que recibió la versión señalada como lesiva, garantizando así el derecho a la información y a la dignidad del afectado.

La admisión de Carrillo ante la Corte Suprema

El tribunal también evaluó las declaraciones que Carrillo entregó el 16 de octubre de 2024 ante la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, en el marco de la investigación contra Trujillo. En esa oportunidad, el exdirector de la Ungrd admitió que su conocimiento sobre el papel del exsenador en la presunta red de corrupción no provenía de fuentes directas sino de información periodística. Esta confesión resultó determinante para el fallo, pues evidencia la ausencia de sustento probatorio en sus señalamientos públicos.

“Su señoría, mi conocimiento es indirecto a través de información publicada por distintas fuentes de prensa y de medios de comunicación. No tengo un conocimiento directo. Si tuviese una prueba documental de la participación del senador Carlos Andrés Trujillo en esquemas de corrupción, ya la habría hecho llegar a la justicia”.

Carlos Carrillo, exdirector de la Ungrd, ante la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia (16 de octubre de 2024).

El contexto del caso se remonta a los señalamientos que Carrillo hizo durante su gestión al frente de la Ungrd, en el gobierno de Gustavo Petro, cuando relacionó públicamente a Trujillo con el escándalo de corrupción que sacudió a la entidad. No obstante, la Corte Suprema de Justicia archivó en julio de 2026 la investigación contra el exsenador por falta de evidencia, un hecho que refuerza la decisión del tribunal de tutela. Ahora, con esta sentencia de segunda instancia, se marca un precedente sobre la responsabilidad de los funcionarios públicos al realizar acusaciones sin sustento verificable, y se reafirma la necesidad de proteger el buen nombre de quienes resultan señalados injustamente en el debate público.

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