El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá notificó el 21 de noviembre la acción de tutela interpuesta por Ricardo Roa Barragán, gerente de la campaña presidencial Petro Presidente 2022-2026 y actual presidente de Ecopetrol, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), por presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa en la investigación sobre irregularidades en la financiación de esa campaña. Mediante el Auto No. 455, el tribunal admitió la tutela, ordenó el traslado al CNE por un plazo de dos días y vinculó partes del expediente CNE-E-DG-2023-002164, en el que el CNE había abierto un traslado para alegatos de conclusión sin haber practicado todas las pruebas decretadas, como el concepto del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) y la declaración de un testigo solicitado por Roa.
Esta tutela se presentó en medio de una investigación del CNE por violación de los topes de financiación de la campaña Petro Presidente 2022-2026, que detectó un exceso de gastos superior a los 3.500 millones de pesos. Días antes, el 27 de noviembre, el CNE impuso una sanción a Roa por 150 millones de pesos, indexados al Fondo Nacional de Financiación Política, con una votación de 6 a 3. Roa solicitó dejar sin efectos el auto de traslado para alegatos y ordenar la práctica completa de las pruebas pendientes, ya que el testigo que había requerido no fue escuchado. Además, se responsabilizó a otras figuras como Lucy Aydée Mogollón, tesorera de la campaña, María Lucy Soto, auditora, y a los partidos Colombia Humana y Unión Patriótica.
Compulsa a la Fiscalía y posibles penas
En su decisión, el CNE ordenó la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación por presuntos delitos como fraude procesal, al haber inducido a la administración a error, así como violación de topes de financiación de campañas —penada con entre 4 y 8 años de prisión según el artículo 396B del Código Penal— y falsedad en documento público o privado, con penas de hasta 12 años conforme a los artículos 287 y 289. La ponencia de Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada del CNE detalló que Roa, en su calidad de gerente de la campaña de la coalición Pacto Histórico, deberá restituir de manera indexada los 150 millones de pesos reconocidos y pagados sin justa causa.
“por reparto correspondió la acción de tutela instaurada por Ricardo Roa Barragán contra el Consejo Nacional Electoral por la presunta vulneración de su derecho constitucional fundamental al debido proceso”
Auto No. 455, Tribunal Superior de Bogotá
“Ricardo Roa Barragán, en su calidad de gerente de la campaña presidencial de la coalición Pacto Histórico, deberá restituir de manera indexada al Fondo Nacional de Financiación Política la suma de ciento cincuenta millones de pesos ($150.000.000), valores que fueron reconocidos y pagados sin justa causa (…). Asimismo, se ordenó la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación por presunto fraude procesal, al haber inducido a la administración a error”
Ponencia de Benjamín Ortiz y Álvaro Hernán Prada, CNE
Este caso subraya las tensiones en el control de las finanzas electorales en Colombia, donde las investigaciones del CNE no solo generan sanciones administrativas sino también posibles procesos penales que podrían extenderse por años, afectando a figuras clave del Pacto Histórico y dejando en vilo la resolución definitiva de las pruebas pendientes en la tutela.

















