La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, en ponencia del magistrado Jarol Estibens Echeverry Giraldo, declaró nula la primera sentencia condenatoria por acceso carnal con incapaz de resistir agravado, emitida por una jueza de primera instancia el 23 de octubre de 2025. Esta decisión, tomada el 2 de diciembre de 2025 en Bogotá, Colombia, se fundamentó en el uso indebido de inteligencia artificial en la motivación del fallo original, que incluyó referencias normativas, jurisprudenciales y doctrinales inexistentes generadas por «alucinaciones» de la IA.
Los magistrados identificaron irregularidades graves en la motivación de la sentencia, como citas a jurisprudencia inexistente de la Corte Suprema de Justicia, doctrina apócrifa, errores en la aplicación del principio de congruencia y en la interpretación de artículos del Código Penal. Aunque la defensa no planteó expresamente la nulidad, la Sala la declaró de oficio al considerar que estas fallas comprometieron la valoración de la prueba y el derecho al debido proceso del acusado. La anulación abarca todo lo actuado desde la sentencia original, ordenando una nueva providencia basada exclusivamente en fuentes reales y verificables, además de compulsar copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial por posibles dilaciones.
Precedente histórico en Colombia y el mundo
Este fallo marca la primera vez en Colombia que se anula una sentencia condenatoria por uso indebido de IA en la judicatura, estableciendo un precedente clave en la era digital. La Sala enfatizó que la tecnología puede asistir, pero no sustituir al juez humano, y recordó análisis de casos internacionales, como uno en Argentina donde se anuló una decisión por texto generado por IA. En su providencia, el tribunal subrayó la necesidad de un control riguroso sobre el contenido producido por estas herramientas para evitar comprometer las garantías fundamentales de las partes.
“el deber de motivar las determinaciones judiciales no se cumple con la simple expresión de lo decidido, sino que es necesario que, con soporte en las pruebas y normas aplicadas en cada asunto, señale en forma clara, expresa e indudable la argumentación que lo llevó a proferir una decisión en un determinado sentido”
Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá
“cuando el juez delega la construcción de las providencias a la IA sin ejercer un control riguroso sobre su contenido, (…) compromete las garantías fundamentales de las partes e intervinientes”
Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá
El abogado José Mario de la Garza, quien comentó el caso, fue contundente al afirmar que copiar «alucinaciones» de la IA equivale a traicionar el debido proceso, ya que no hay contradicción posible ante normas ficticias ni apelación efectiva sobre bases inventadas por un algoritmo. Agregó que el tribunal respondió con firmeza, declarando la nulidad total y recordando que la justicia demanda ojos, conciencia y responsabilidad humanas. Fuentes como Infobae, Rema Judicial, Colprensa y Télam han destacado este suceso como un hito que obliga a la judicatura colombiana a regular estrictamente el empleo de IA en sus fallos.

















