Tribunal Superior de Bogotá ratifica embargo de vivienda de exsenador Benedetti por irregularidades patrimoniales

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El Tribunal Superior de Bogotá, a través de su Sala de Extinción de Dominio y la Sala Especializada de Extinción de Dominio, ratificó este 19 de enero de 2026 en la capital del país el embargo preventivo, el secuestro y la administración por parte de la Sociedad de Activos Especiales (SAE) de la vivienda perteneciente a Armando Alberto Benedetti Villaneda, exsenador de la República. Esta decisión se fundamenta en presuntas irregularidades detectadas por la Fiscalía General de la Nación, que apuntan a un incremento patrimonial sin justificar en el patrimonio del investigado.

La medida judicial se basa en exhaustivos documentos periciales, informes contables y las investigaciones adelantadas por la Fiscalía entre 2002 y 2018, que revelan diferencias patrimoniales cercanas a los 700 millones de pesos en periodos específicos como 2009, 2014, 2016 y 2017. Estas discrepancias surgen de comparaciones entre los ingresos declarados por Benedetti y sus egresos, lo que genera sospechas de enriquecimiento ilícito y posible desvío de recursos públicos durante su gestión como senador.

Contexto de las investigaciones y medidas preventivas

Las denuncias penales contra Benedetti se remontan a 2017, por supuestas irregularidades en su gestión pública, y han derivado en actuaciones judiciales en 2021, 2022, 2024 y ahora en 2026, todas bajo la figura de extinción de dominio. La ratificación mantiene vigentes las medidas preventivas sobre la vivienda, que ahora está bajo control judicial y administración provisional de la SAE, impidiendo cualquier transferencia, ocultamiento o deterioro del bien. Adicionalmente, se suspendió el poder dispositivo de Benedetti sobre los fondos invertidos en un leasing habitacional con el banco BBVA, aunque la titularidad y el disfrute legal de estos corresponden directamente al banco, por lo que no resultan embargados de manera directa.

«el bien afectado tiene un probable vínculo con las causales extintivas»

Tribunal Superior de Bogotá, Sala de Extinción de Dominio

«Existen elementos suficientes que permiten razonablemente inferir que la fuente de recursos proviene de actividades al margen de la Ley»

Tribunal Superior de Bogotá

Es importante destacar que estas medidas tienen un carácter estrictamente preventivo y no equivalen a una condena definitiva, ya que se mantendrán hasta que se emita una sentencia final en el proceso. La SAE actúa como administradora provisional de los bienes afectados, garantizando su preservación mientras avanza la investigación por presunto enriquecimiento ilícito.

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