Continúa la controversia en torno a la rectoría de la Universidad Nacional. Tras el nombramiento de Juan David Correa, ministro de Cultura, como ministro de Educación “ad hoc” por parte del presidente Petro, se emitió una resolución en la que el Gobierno ordena a esta institución educativa nombrar un nuevo rector interino en un plazo de 24 horas.
La Resolución 7480 de 2024, firmada por Correa, instruye al Consejo Superior Universitario (CSU) a convocar una sesión extraordinaria cuyo único punto del orden del día sea la designación de un rector encargado de manera transitoria hasta que el CSU tome una decisión definitiva sobre la conducta de autoposesión de Ismael Peña.
El ministro Correa indica que, una vez resuelta la vacante, el CSU, conforme a su evaluación sobre la conducta de autoposesión de Ismael Peña Reyes, determinará si procede mantener el encargo de la rectoría por un periodo más prolongado.
Asimismo, se aclara que estas disposiciones se emiten bajo la amenaza de multas de hasta 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes, con el objetivo de cesar cualquier procedimiento o acto que contravenga la Constitución.
La decisión del Gobierno nacional genera numerosas críticas, pues se argumenta que podría estar violando la autonomía universitaria que posee el Consejo Superior de la universidad pública más grande del país.
Esta decisión del ministro de Educación Ad Hoc, Juan David Correa, es adoptada para garantizar la calidad del servicio público de educación superior y su continuidad, condiciones que se han visto comprometidas con las actuaciones desplegadas por el señor José Ismael Peña Reyes, quién desde el 2 de mayo de 2024 ha venido cumpliendo funciones de rector de la Universidad Nacional de Colombia, sin el lleno de los requisitos exigidos para ello.
Es importante señalar que la Corte Constitucional de Colombia ha establecido, en numerosas sentencias, que la autonomía universitaria no es una potestad absoluta y que tiene límites legítimos: “que están dados, principalmente, por la ley y el respeto a los derechos fundamentales de toda la comunidad del centro universitario”.
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