La Unión Sindical Obrera, USO, denunció amenazas de acciones judiciales por exigir el reconocimiento de pagos dominicales y la reducción de la jornada laboral en Ecopetrol S.A., ante lo cual Ariel Corzo, trabajador y miembro de USO, afirmó haber recibido una comunicación de la Gerencia de Gestión Laboral y Sindical advirtiendo sobre posibles medidas legales. La denuncia sitúa el caso en el marco de un amplio debate nacional sobre la reforma laboral impulsada por el Gobierno y contó con la atención pública del ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, mientras Ecopetrol respondió mediante un comunicado presentado por la vía del Derecho de Petición, defendiendo la legalidad de sus turnos y el cumplimiento de las normas vigentes.
La petrolera mantiene que la implementación de una jornada de 42 horas semanales, que comenzaría el 15 de julio de 2025, se define dentro de un proceso de socialización de esquemas de turno que tuvo lugar durante la segunda semana de octubre de 2024 y que cuenta con el respaldo de un acta de la convención colectiva firmada el 26 de mayo de 2023. En ese contexto, se creó la Comisión Ecopetrol-USO, encargada de revisar y definir los esquemas de trabajo en todas las áreas para aplicar la nueva jornada. Ecopetrol sostiene que ha cumplido las normas constitucionales y legales, incluidas las relativas a seguridad y salud en el trabajo y los límites de exposición derivados de acuerdos internacionales ratificados por Colombia, como los adoptados por la OIT.
La disputa sobre turnos, dominicales y marco legal
La conversación en torno a la reducción de la jornada y el reconocimiento de pagos dominicales se enmarca en un complejo de referencias legales, entre ellas la Ley 2101 de 2021, la Ley 2466 de 2025, la Circular Externa N° 0101 del Ministerio del Trabajo, así como artículos relevantes del Código Sustantivo del Trabajo, como el 165 y el 179, además del Reglamento Interno de Trabajo, artículo 18, y los compromisos de la OIT contenidos en el Convenio 01. Ecopetrol subraya que la ampliación de algunas jornadas y la reducción de otras serán acordadas con el personal no exento de la jornada máxima, respetando los promedios legales y aclarando que esta ampliación no constituye trabajo suplementario ni horas extras, sino una jornada anticipada.
«manifiestamente ilegales» – Ariel Corzo, trabajador y miembro de la USO
«flagrante violación a la ley» – Ariel Corzo, trabajador y miembro de la USO
«Ecopetrol S.A., de esta manera, ha dado cumplimiento de forma estricta a las normas constitucionales y legales vigentes en relación con la jornada laboral, y de igual forma con las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo, límites de exposición que se ha venido trabajando con las áreas correspondientes, así como con las disposiciones establecidas en los convenios internacionales ratificados por Colombia, incluyendo aquellos adoptados por la OIT» – Ecopetrol (comunicado)
«La Empresa podrá ampliar algunas jornadas acortando otras, que aplicarían al personal no exceptuado de la jornada legal máxima, respetando en todo caso los promedios establecidos por la ley, esta ampliación no constituye trabajo suplementario o de horas extras sino jornada anticipada» – Karem Tatiana Leal Rangel, Gerente de Gestión Laboral y Sindical, Ecopetrol
«Es importante precisar que en la ejecución de todas las modalidades de turnos definidas, se mantiene incólume el salario básico del trabajador por lo que la programación de estos esquemas en ningún caso significa para el mismo, disminución o desmejora de sus condiciones laborales» – Ecopetrol
El panorama apunta a posibles ajustes en los esquemas de turnos y en el cómputo de horas, con la revisión y observación del Ministerio del Trabajo como parte del proceso de verificación del cumplimiento de derechos laborales en el sector. Aunque la fecha de la denuncia no quedó especificada en los documentos consultados, el debate se sitúa en el marco de la reforma laboral y de las negociaciones que atraviesan Ecopetrol y la USO, con la búsqueda de un acuerdo que preserve la seguridad y las condiciones laborales de los trabajadores sin restar institucionalidad a la operación de la empresa.
















