Usuarios de Nequi y Daviplata en Colombia deberán declarar renta si superan los $69,7 millones

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) incluirá los movimientos financieros realizados a través de billeteras móviles como Nequi y Daviplata para determinar si una persona natural está obligada a presentar la declaración de renta en el año 2026, correspondiente al año gravable 2025. El umbral establecido por la autoridad tributaria es de 1.400 UVT, equivalentes a 69 millones 718 mil 600 pesos, lo que representa un promedio mensual cercano a los 5 millones 800 mil pesos en consignaciones, depósitos o inversiones financieras. Quienes superen este tope deberán declarar, aunque esto no implique automáticamente el pago de impuestos.

La decisión de la Dian responde a que las billeteras digitales hacen parte del sistema financiero colombiano y, por tanto, el volumen total de transacciones que registren será revisado como parte de los criterios para establecer la obligación tributaria. Entre los movimientos que se contabilizan se encuentran las consignaciones, transferencias y depósitos, incluyendo aquellas transferencias que el usuario realice entre sus propias cuentas, como podría ser el traslado de fondos desde una billetera móvil hacia una cuenta bancaria tradicional. Esta medida despeja cualquier duda sobre la idea equivocada que muchos usuarios tenían, al considerar que el dinero que entra, sale o se mueve por estas aplicaciones quedaba por fuera de la revisión fiscal.

Impacto en millones de usuarios

El alcance de esta medida es significativo si se considera que Nequi cuenta con cerca de 28 millones de usuarios en el país, mientras que Daviplata supera los 19 millones. Estas plataformas, que ganaron un notable auge después de la pandemia de covid-19, son utilizadas principalmente por pequeños negocios y personas naturales para sus transacciones cotidianas. En total, la Dian estima que alrededor de seis millones de colombianos deberán declarar renta en 2026, y el movimiento en estas billeteras podría ser un factor determinante para que muchos contribuyentes entren en ese grupo.

Además del tope en consignaciones y depósitos, la Dian también revisa otros criterios para determinar la obligación de declarar, como los ingresos brutos, el patrimonio bruto, los consumos con tarjeta de crédito y el total de compras realizadas durante el año. Las fechas para presentar la declaración de renta de personas naturales inician el 12 de agosto de 2026 y se extienden hasta el 26 de octubre del mismo año, con vencimientos escalonados según los dos últimos dígitos del NIT o la cédula del contribuyente: los dígitos 01 y 02 abren el calendario, mientras que los dígitos 99 y 00 lo cierran.

El incumplimiento de esta obligación tributaria puede acarrear sanciones considerables. La sanción mínima por extemporaneidad es de 10 UVT, equivalentes a 524 mil pesos para el año 2026. Si el contribuyente presenta la declaración tarde y tiene impuesto a cargo, la multa asciende al 5% del valor por cada mes o fracción de mes de retraso. En caso de no haber impuesto a cargo, la sanción será del 0,5% de los ingresos brutos o del 1% del patrimonio líquido. La sanción más severa, por omisión total de la declaración, puede llegar hasta el 20% de las consignaciones o de los ingresos brutos del contribuyente. Las autoridades recomiendan a los usuarios de billeteras digitales llevar un control detallado de sus movimientos financieros para evitar sorpresas al momento de cumplir con sus obligaciones fiscales.

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