La abogada laboralista Cindy Isaza, conocida por su activa divulgación en redes sociales, explicó a través de su cuenta de Instagram (@cindylaboral) los derechos a descanso compensatorio remunerado que asisten a los ciudadanos que participaron como votantes o jurados de la primera vuelta de las elecciones presidenciales del pasado domingo 31 de mayo de 2026. En un video difundido el martes 2 de junio, la profesional advirtió que muchos trabajadores dejan de reclamar este beneficio por puro desconocimiento de la ley, pese a que está respaldado por el artículo 3 de la Ley 403 de 1997.
Según detalló Isaza, los votantes tienen derecho a medio día de descanso compensatorio remunerado, mientras que los jurados de votación pueden reclamar un día completo. En el caso de quienes cumplieron ambas funciones —votar y servir como jurados— el beneficio se extiende hasta día y medio de descanso. La abogada aclaró que el plazo para solicitar este descanso correspondiente a la primera vuelta vence el 30 de junio de 2026, mientras que para la segunda vuelta, prevista para el domingo 21 de junio entre los candidatos Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda, el límite es el 21 de julio de 2026. De hecho, entre el 22 y el 30 de junio, ambos medios días de descanso podrían coincidir y sumarse para un día completo, aunque la abogada señaló que esta acumulación no está expresamente regulada.
Un derecho que debe concertarse con el empleador
La abogada explicó que, si bien el beneficio es obligatorio para el empleador, la fecha concreta del descanso debe concertarse entre las partes para no afectar la operación de la empresa. Recomendó a los trabajadores solicitar el descanso por escrito, adjuntando el certificado electoral correspondiente y citando la Ley 403 de 1997. En caso de negativa, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo. “El beneficio es obligatorio, pero la fecha se concierta para no afectar la operación. Si lo niegan, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo”, afirmó Isaza en su publicación.
“El beneficio es obligatorio, pero la fecha se concierta para no afectar la operación. Si lo niegan, el trabajador puede acudir al Ministerio del Trabajo”
Cindy Isaza, abogada laboralista
Isaza subrayó que la información compartida es de carácter general y no constituye asesoría jurídica individual. La aclaración cobra relevancia en medio del proceso electoral que definirá al nuevo presidente de Colombia para el periodo 2026-2030, donde la participación ciudadana no solo es un deber cívico sino que también otorga derechos laborales concretos que muchos desconocen.












