Empresas no obligadas a ajustar salarios superiores al mínimo en 2026

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En Colombia, el aumento del salario mínimo para 2026 no implicará un ajuste automático para los trabajadores que perciben remuneraciones superiores a este piso legal, ya que no existe ninguna norma que obligue a las empresas a replicar ese incremento. Esta realidad fue aclarada por la Corte Constitucional, que enfatizó la ausencia de un deber constitucional en ese sentido, dejando la decisión en manos de las compañías, las cuales evalúan factores como sus políticas internas, el índice de precios al consumidor (IPC), los resultados organizacionales y el mercado salarial. Mientras tanto, el salario mínimo para 2025 ya fue fijado en 1.623.500 pesos, incluyendo un auxilio de transporte de 200.000 pesos, lo que representa un alza del 9,5% respecto al año anterior, beneficiando directamente a más de dos millones de trabajadores que ganan exactamente esa cifra como base para una jornada de 46 horas semanales.

Las empresas colombianas, representadas por entidades como la Federación Colombiana de Gestión Humana (Acrip) y participantes en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, han mostrado en 2025 un comportamiento variado en cuanto a los ajustes para salarios superiores al mínimo: el promedio de incremento fue del 7,1%, con el 88% de las compañías optando por aumentos y el 12% restante absteniéndose. Este año, el IPC se situó en 5,2%, sirviendo como referencia para proteger el poder adquisitivo, aunque no es obligatorio. Por regiones, los incrementos destacaron en Valle del Cauca y Cundinamarca con 7,2%, seguidos de Antioquia con 6,6% y la región Caribe con 6,5%. En términos de jerarquía, el personal base vio un alza promedio del 7,9%, los técnicos del 7,4%, juniors y gerencias medias del 6,9%, mientras que profesionales senior y alta gerencia registraron 6,7%.

Proyecciones para 2026 y brechas persistentes

Para 2026, las proyecciones indican que el 77,5% de las empresas prevén otorgar incrementos salariales, aunque no superiores al 7%, el 2,2% descartan cualquier ajuste y el 20,3% aún lo tienen indefinido, en un contexto donde el salario mínimo queda pendiente de un decreto presidencial antes del 30 de diciembre, ante la falta de acuerdo en la Comisión Permanente. Los salarios superiores al mínimo se rigen por el Código Sustantivo del Trabajo, que los define por tiempo, obra, destajo o tarea, siempre respetando el piso mínimo, y sus ajustes dependen de políticas corporativas, metas financieras, desempeño individual, presupuestos, negociaciones sindicales, inflación, antigüedad y el entorno económico general.

Desigualdades de género y beneficios complementarios

Una preocupación latente es la brecha salarial por género, que se acentúa en los niveles superiores: en alta gerencia, los hombres perciben en promedio 43.400.000 pesos mensuales frente a 35.900.000 de las mujeres; en gerencia media, 18.200.000 para hombres y 16.800.000 para mujeres; y en personal base, 2.200.000 versus 1.600.000. Adicionalmente, algunas empresas complementan con primas extralegales, como la que otorgan el 24,9% en Navidad, el 20,2% un adicional en diciembre y el 19,3% días extras de vacaciones, junto con enfoques de salario emocional centrados en el bienestar físico y mental de los empleados.

En resumen, mientras el Gobierno nacional define el salario mínimo como un piso irrenunciable, las empresas mantienen autonomía para ajustar remuneraciones superiores, priorizando su sostenibilidad financiera en un panorama económico desafiante, lo que subraya la importancia de dialogar en foros como la Comisión Permanente para equilibrar los intereses de trabajadores y empleadores en Colombia.

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