Victimas reconocidas por hechos atribuidos a las Farc, como el atentado al Club El Nogal, entre ellas Martha Dolores López de Vargas, Jorge Enrique Vargas Garzón, Viviane Arlette Vargas López y Yvinne Natalia Vargas López, representadas por el abogado Bernardo Henao Jaramillo, solicitaron a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) abrir un incidente de verificación del régimen de condicionalidad al exsecretariado de las Farc por presuntos incumplimientos graves en la entrega de bienes destinados a la reparación material. La petición se basa en informes de la Contraloría y otros organismos de control que revelan inconsistencias y falta de avances significativos en este proceso clave del Acuerdo de Paz.
Los reportes destacan un panorama alarmante: de 722 inmuebles reportados, solo uno ha sido transferido; en dinero, se han recibido 2.114 millones de pesos de los 12.070 millones acordados, lo que representa apenas el 17 por ciento; de los 450.000 dólares prometidos, solo se entregaron 1.500 que resultaron falsos; en oro, 252.000 gramos de 440.000 pactados; cabezas de ganado, 258 de 24.000 comprometidas; bienes muebles, 1.830 de 51.992 acordados; y medios de transporte, 31 de 319 reportados. Estas cifras evidencian una entrega insuficiente que agrava la situación de reparación para las victimas, según el documento presentado ante la JEP.
Alertas de control y pedidos de verificación
La solicitud cita explícitamente la alerta reciente de la Contraloría sobre la entrega insuficiente de bienes derivados del Acuerdo de Paz, exigiendo como pruebas los reportes de este organismo y medidas judiciales de verificación, como inventarios, localización y monetización de los bienes. Las victimas piden además una participación efectiva en el proceso y decisiones de fondo por parte de la JEP, subrayando que estos incumplimientos podrían derivar en la pérdida de beneficios de condicionalidad y otras medidas para los comparecientes.
«el mismo seguimiento institucional divulgado señala que existen faltantes significativos para financiar el componente de reparación derivado de decisiones tempranas de la propia jurisdicción, situación que se agrava si los bienes reportados por los comparecientes no son localizables, transferibles o monetizables”
Bernardo Henao Jaramillo, abogado de las víctimas
«la justicia transicional no puede sostenerse sobre un estándar de indulgencia indefinida frente al incumplimiento de obligaciones esenciales. La reparación material no es decorativa y el deber de contribuir con bienes reales para reparar a las víctimas constituye un mínimo ético y jurídico que condiciona la permanencia en el sistema”
Bernardo Henao Jaramillo, abogado de las víctimas
Este incidente representa un nuevo desafío para la implementación de la justicia transicional en Colombia, donde la efectividad de la reparación material se erige como pilar fundamental para garantizar la confianza de las víctimas en el sistema de la JEP y el cumplimiento de los compromisos asumidos por el exsecretariado de las Farc.















