En un importante alivio para padres separados en Colombia, aquellos que formalicen acuerdos de conciliación en noviembre o diciembre de 2025 podrán evitar el aumento de la cuota alimentaria en 2026, siempre y cuando el acta firmada por los progenitores y el conciliador exprese explícitamente que no habrá ajuste hasta 2027. Esta excepción, aplicable en todo el territorio nacional, involucra al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) y la Fiscalía General de la Nación en su supervisión y ejecución, y surge como una medida para estabilizar las obligaciones familiares ante las variaciones del salario mínimo.
La cuota alimentaria típica oscila entre el 20% y el 35% del salario mínimo proyectado para 2026, que parte de 350.000 pesos como mínimo y alcanza hasta 612.000 pesos como máximo, sin exceder el 50% de los ingresos mensuales del obligado. Este cálculo considera las necesidades del menor en alimentación, vivienda, salud, educación, vestuario y recreación, así como la capacidad económica del progenitor responsable y el número de beneficiarios involucrados.
Base legal y procedimientos para la excepción
La norma se fundamenta en el Código de Infancia y Adolescencia y el Código Civil, que establecen la obligación alimentaria hasta los 18 años del hijo o hasta los 25 si este continúa estudiando sin ingresos propios. La evaluación de la cuota se realiza por un juez de familia en audiencia judicial o mediante conciliación, donde se formaliza el acuerdo para evitar incrementos anuales automáticos. En caso de incumplimiento, los afectados pueden denunciar ante la Fiscalía General o un centro zonal del Icbf para iniciar un proceso ejecutivo.
Esta excepción ofrece exoneraciones específicas vía procedimientos legales, permitiendo a las familias planificar con mayor certeza económica. Padres en Colombia tienen ahora una ventana clave en los últimos dos meses de 2025 para concertar estos pactos y blindar sus compromisos familiares frente a los ajustes inflacionarios del próximo año.











