Corte Suprema archiva denuncia de Benedetti contra seis congresistas y remite su caso a Procuraduría

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La Corte Suprema de Justicia de Colombia decidió abstenerse de abrir una investigación penal contra seis representantes a la Cámara —Catherine Juvinao, Julia Miranda, Lina María Garrido, Marelen Castillo, Carolina Giraldo y Katherine Miranda— denunciadas por el ministro del Interior, Armando Benedetti, por presunta injuria y calumnia. En su lugar, la Sala de Instrucción de la Corte remitió copias de la denuncia a la Procuraduría General de la Nación para que evalúe la conducta del ministro por las expresiones que publicó en sus redes sociales entre junio y septiembre de 2025, las cuales podrían tener connotaciones sexistas.

La decisión judicial surge en respuesta a una denuncia interpuesta por Benedetti desde su cuenta personal en X, @AABenedetti, contra las congresistas, motivada por una carta abierta que ellas enviaron al presidente Gustavo Petro en febrero de 2025, cuestionando el nombramiento del ministro en el Ministerio del Interior. La Corte determinó que las manifestaciones de las representantes constituyen un ejercicio legítimo de control político protegido por la inviolabilidad parlamentaria, por lo que no existen elementos para configurar delitos en su contra, cerrando así la vía penal para ellas.

Implicaciones disciplinarias para Benedetti

Esta resolución abre la puerta a una revisión disciplinaria exclusiva contra el ministro Benedetti, quien podría enfrentar sanciones administrativas si la Procuraduría encuentra faltas en su conducta derivadas de las publicaciones en redes sociales. La compulsación de copias representa un giro significativo en el caso, priorizando la evaluación ética y profesional del funcionario público sobre las acusaciones contra las legisladoras, en un contexto de tensiones políticas marcadas por el debate sobre su idoneidad en el cargo.

Con esta medida, la Corte Suprema pone fin a la posibilidad de procesos penales contra las seis congresistas involucradas, reafirmando los límites de la inviolabilidad parlamentaria en el ejercicio de sus funciones de control al Ejecutivo, mientras la Procuraduría asumirá la responsabilidad de determinar si las expresiones del ministro transgreden normas disciplinarias, lo que podría derivar en medidas correctivas de carácter administrativo.

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