El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, a través de su Cancillería y en coordinación con la Autoridad de Visas y Migración Colombia, ha establecido un plazo perentorio hasta el 31 de octubre de 2026 para que los titulares de visas de residente permanente otorgadas bajo normativas anteriores realicen el traspaso obligatorio a la normativa vigente, según lo dispuesto en la Resolución 9316 de 2024. Este proceso, que se lleva a cabo de manera completamente virtual a través de la plataforma oficial del Ministerio en Colombia, busca actualizar el registro de residentes permanentes y garantizar una identificación adecuada para la obtención de la cédula de extranjería, evitando intermediarios y permitiendo pagos mediante PSE, Servibanca, Banco GNB Sudameris, consulados o tarjetas VISA y MasterCard.
La medida aplica específicamente a aquellas visas de residente permanente emitidas bajo regímenes previos a la normativa actual, con el objetivo de promover una migración ordenada, segura y regular. Las renovaciones de estas visas permanentes deberán realizarse cada cinco años, mientras que cualquier corrección de errores en la visa debe solicitarse dentro de los 15 días calendario posteriores a su expedición. El incumplimiento de este traspaso obligatorio podría generar serias dificultades para la renovación de documentos y la permanencia legal en el país, haciendo indispensable el procedimiento para acceder a la cédula de extranjería.
Requisitos y procedimientos detallados
Para iniciar el traspaso, los interesados deben cumplir con los requisitos generales de visa, presentando copia de la visa y cédula de extranjería, certificado de movimientos migratorios, documento que acredite la actividad realizada en el país, y una carta explicando el motivo del trámite. Los documentos extranjeros requieren apostilla o legalización, además de traducción al español si no están en ese idioma. En casos de visas anteriores al año 2000, se aplican excepciones que incluyen una carta bajo gravedad de juramento, certificado ampliado de movimientos migratorios y la última cédula expedida. Este procedimiento es necesario en situaciones como pérdida o robo de pasaporte, cambio de pasaporte, errores de digitación, cambio de empleador o renovaciones periódicas.
Excepciones y alcances de la resolución
No obstante, quedan exentos del traspaso las visas tipo V destinadas a turismo, negocios, tripulantes o eventos, así como las visas V de cortesía para diplomáticos y aquellas amparadas en convenios internacionales según el Decreto 1067 de 2015. La Resolución 9316 de 2024 representa un paso clave para modernizar el control migratorio en Colombia, asegurando que todos los residentes permanentes se ajusten a los estándares actuales y facilitando su integración legal en el territorio nacional.












