DIAN reglamenta impuesto al patrimonio para empresas con más de 10.474 millones en 2026

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia, conocida como Dian, oficializó mediante el Decreto 173 de 2026 la reglamentación del impuesto al patrimonio dirigido a personas jurídicas, introduciendo el formulario 425 para su declaración y pago. Esta medida entra en vigor en 2026, tras la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica, con el fin de reunir fondos destinados a la atención y reconstrucción derivada de la crisis climática. El patrimonio se tomará al primero de marzo de 2026, y los pagos se realizarán en dos cuotas iguales: el 50 por ciento el primero de abril y el otro 50 por ciento el 4 de mayo del mismo año. Todo el proceso se llevará a cabo de manera electrónica a través de la plataforma oficial de la Dian en todo el territorio nacional.

El impuesto aplica a sociedades, personas jurídicas, establecimientos permanentes y sucursales de empresas extranjeras que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta. Solo gravará a aquellas con un patrimonio líquido igual o superior a 10.474.800.000 pesos al primero de marzo de 2026, equivalente a 200.000 unidades de valor tributario (UVT) para ese año, cuya UVT se fijó en 52.374 pesos, lo que representa un aumento del 5,17 por ciento respecto al valor anterior. La tarifa general será del 0,5 por ciento sobre la base gravable, mientras que para los sectores financiero y extractivo ascenderá al 1,6 por ciento.

Excepciones y ámbito de aplicación

Entre las exclusiones destacan el sector salud, entidades bajo intervención estatal y los servicios públicos domiciliarios en municipios declarados en calamidad pública. Esta norma se adopta en el marco de la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica, buscando recursos específicos para enfrentar los desafíos climáticos que afectan al país.

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Adicionalmente, la Dian actualizará su sistema de agendamiento de citas a partir del 30 de marzo de 2026, facilitando trámites tributarios y aduaneros. En paralelo, para la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2025, estarán obligados quienes hayan tenido ingresos iguales o superiores a 73.323.600 pesos o un patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025 no inferior a 235.683.000 pesos, es decir, 1.400 UVT. Por otro lado, quedarán exentos de este impuesto sobre la renta las personas que solo recibieron dos salarios mínimos mensuales legales vigentes en 2025, equivalentes a 1.623.500 pesos.

La información se basa en reportes de Caracol Radio, Colprensa, VisualesIAL y la Resolución 000238 de 2025 de la Dian, que detallan estos cambios tributarios con impacto en el sector empresarial colombiano.

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