DIAN publica calendario de vencimientos tributarios para abril 2026

Compartir en redes sociales

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer el calendario oficial de vencimientos tributarios nacionales para abril de 2026, que aplica tanto a empresas como a personas naturales y jurídicas de diversos regímenes en todo el territorio colombiano. Este cronograma establece las fechas para la presentación y pago de impuestos sobre la renta, retenciones en la fuente, gasolina y ACPM, régimen simple de tributación (RST) y activos en el exterior, con plazos que van del 13 al 27 de abril según el último dígito del NIT, salvo algunas excepciones específicas.

Entre las obligaciones más destacadas se encuentra el pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta para grandes contribuyentes, que incluye empresas, entidades financieras, aseguradoras y generadoras eléctricas con ingresos iguales o superiores a 30.000 UVT, programado entre el 13 y el 27 de abril de 2026. De igual manera, las retenciones en la fuente correspondientes a marzo deberán liquidarse en el mismo período, al igual que la declaración de activos en el exterior que superen las 2.000 UVT al 1 de enero de 2026. Para la gasolina y ACPM de marzo, el vencimiento único es el 16 de abril, mientras que la declaración anual del RST a través del formulario 260 se realizará del 20 al 24 de abril, y los no residentes o entidades del régimen de precios de transferencia (PES) presentarán su renta mediante el formulario 115 el 23 de abril.

Reactivación del agendamiento y umbrales para la renta

El calendario impacta directamente a grandes contribuyentes, agentes de retención, responsables de gasolina y ACPM, declarantes del RST y no residentes o entidades PES. Adicionalmente, la DIAN reactivará el sistema de agendamiento de citas presenciales y virtuales a partir del 30 de marzo de 2026, accesible a través del portal web o llamando al centro de contacto (601) 489 9000, permitiendo a los contribuyentes consultar horarios, ciudades, oficinas y confirmar sus citas. Para el impuesto sobre la renta del año gravable 2025, los umbrales establecidos por la Resolución 000238 de 2025 definen a los obligados como aquellos con ingresos iguales o superiores a 73.323.600 pesos o patrimonio bruto al 31 de diciembre de 2025 igual o mayor a 235.683.000 pesos. En cuanto a la renta de 2026, las personas naturales la declararán entre el 12 de agosto y el 26 de octubre, y las jurídicas del 12 de mayo al 23 de julio, según los dos últimos dígitos del NIT o cédula.

La DIAN recomienda a todos los contribuyentes revisar el cronograma oficial en sus canales digitales y presenciales para cumplir oportunamente con estas obligaciones y evitar sanciones por extemporaneidad, enfatizando el uso de los portales web y líneas de atención para una gestión eficiente de los trámites tributarios.

Sigue leyendo