Caldas entre 14 departamentos con hacinamiento en centros de detención transitoria, ordena Corte planes en cuatro meses

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La Sala Especial de Seguimiento al Estado de Cosas Inconstitucional del Sistema Penitenciario y Carcelario de la Corte Constitucional alertó sobre un incumplimiento grave en 14 departamentos de Colombia, donde no se garantizan condiciones dignas en los centros de detención transitoria, como estaciones de policía, URI y subestaciones, a pesar de lo ordenado en la Sentencia SU-122 de 2022. Esta evaluación, basada en datos hasta el 22 de febrero de 2026, identificó fallas persistentes en hacinamiento e infraestructura, e impuso plazos estrictos: planes de atención integral en cuatro meses y reducción del hacinamiento en seis meses. Los departamentos señalados son Amazonas, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cesar, Córdoba, Cundinamarca, Huila, Meta, Putumayo, Santander y Valle del Cauca.

El hacinamiento a nivel nacional alcanza cifras alarmantes, con 18.986 personas recluidas en solo 9.711 cupos disponibles, lo que representa un 95,5 por ciento de sobrepoblación. Casos extremos incluyen el CAI Aguaclara en Cali, con un 3.400 por ciento de hacinamiento al albergar 175 personas en cinco cupos, y el Centro de Neiva, con un 2.618,2 por ciento, donde 299 individuos ocupan 11 cupos. En Bogotá se han habilitado 216 cupos adicionales en un centro especial, mientras que cerca de 1.000 personas en Unidades de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec) carecen de alimentación adecuada, según el Auto 897 de 2025.

Departamentos con bajo cumplimiento y ausencias en reportes

Siete departamentos presentan cumplimiento bajo: Guainía, Guaviare, Magdalena, Risaralda, Sucre, Tolima y Vaupés. Otros nueve no entregaron informes: Arauca, Atlántico, Cauca, Chocó, La Guajira, Norte de Santander, Quindío, San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y Vichada. En contraste, Antioquia logró cumplimiento medio con la habilitación de la Cárcel Municipal Titiribí en marzo de 2025, al igual que Nariño en predios de Pasto e Ipiales, y Bogotá. La sentencia SU-122 de 2022 había ordenado no exceder las 36 horas en detención transitoria y adequar los inmuebles en 18 meses, pero persisten fallas estructurales y resistencia a entregar información, agravadas por la negativa del Inpec a recibir personas con órdenes judiciales.

«gestión puramente formal sin impacto material en la situación de detención transitoria»

Sala Especial de Seguimiento, Corte Constitucional

La Corte ordenó la ejecución de un plan SAE de choque financiado con bienes incautados, cofinanciación del Fonset y propuestas normativas, con seguimiento a cargo de la Procuraduría mediante visitas preventivas. De no cumplirse, podrían configurarse incidentes de desacato, y para alcanzar cumplimiento medio se exige una reducción del 20 por ciento en el hacinamiento en seis meses. Esta situación evidencia una ejecución limitada de las medidas judiciales, poniendo en riesgo los derechos fundamentales de los detenidos en transitoria.

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