CNE extiende plazo para inscripción de testigos electorales hasta el 28 de mayo

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió la Resolución Sala Plena No. 2659 de 2026 para extender el plazo de inscripción de testigos electorales con miras a las elecciones presidenciales del 31 de mayo. La nueva fecha límite para que las agrupaciones políticas y las organizaciones de observación electoral registren a sus representantes será el jueves 28 de mayo a las 5:00 p. m., y el proceso deberá realizarse exclusivamente a través de la Plataforma Única de Postulación y Acreditación de Actores Electorales, disponible en el sitio web actoreselectoralespresidencia.cne.gov.co. La decisión busca otorgar un margen adicional para completar el registro de los representantes, garantizando así una mayor participación en los comicios.

Hasta el 23 de mayo, el CNE reportó un total de 223.929 actores electorales postulados y acreditados, entre testigos, auditores de sistemas y observadores nacionales e internacionales. En el territorio nacional se habilitarán 118.346 mesas de votación, y cada agrupación política tiene la posibilidad de registrar un testigo electoral por mesa. Estos ciudadanos, designados por partidos, movimientos políticos o grupos significativos de ciudadanos conforme a la Ley 1475 de 2011 y el Código Electoral Colombiano, cumplen una función esencial para la transparencia y legitimidad de los comicios, al observar la votación y los escrutinios, presentar reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades electorales cuando sea necesario.

Capacitaciones y credenciales para testigos

Como parte del proceso de preparación, el CNE inició capacitaciones presenciales los días 29 y 30 de mayo en varios municipios de Cundinamarca, entre ellos Chía, Mosquera, Tocancipá, Gachancipá, Funza, Cogua y Zipaquirá. Los testigos electorales recibirán dos tipos de credenciales de acreditación: el formulario E-15, que deberán presentar ante los jurados de votación, y el formulario E-16, que utilizarán ante las comisiones escrutadoras. El día de la votación, los testigos deben presentarse en sus mesas asignadas a las 7:00 a. m., y al cierre de la jornada tienen la obligación de constatar que ningún ciudadano vote después de las 4:00 p. m. Además, están facultados para formular reclamaciones escritas y solicitar el recuento de papeletas si consideran que hubo irregularidades.

Para las agrupaciones políticas que no cuenten con suficientes testigos para cubrir todas las mesas, la normativa permite nombrar coordinadores autorizados que puedan cubrir varias mesas en un mismo puesto de votación. Esta medida busca asegurar que la observación electoral se extienda a todas las urnas, fortaleciendo el control ciudadano sobre el proceso. La herramienta digital implementada por el CNE para la postulación y acreditación ha sido diseñada para agilizar los procedimientos y mejorar la trazabilidad del registro, reduciendo los tiempos burocráticos y facilitando la participación de los veedores en la jornada electoral del 31 de mayo.

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