El gobierno de Colombia, bajo el liderazgo del canciller Omar Bula, anunció la elaboración de un borrador de resolución que derogará la Resolución 8558 de 2025 y modificará la Resolución 5488 de 2022, para eximir del requisito de visa de corta estancia a los ciudadanos de Israel a partir del 1 de septiembre de 2026. Esta medida, que forma parte del restablecimiento formal de las relaciones diplomáticas entre ambos países, se sustenta en el principio de reciprocidad, dado que Israel ya exime de visa a los colombianos que viajan a su territorio. El acto administrativo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, luego de un intercambio de notas verbales entre las cancillerías el 11 y 16 de agosto de 2026.
La decisión devuelve a Israel al grupo de aproximadamente 100 países cuyos nacionales no necesitan visa para ingresar a Colombia, mientras que los colombianos podrán acceder sin visa a 131 países en total una vez que el acuerdo entre en vigor. Para los viajeros colombianos, la exención de visa no será automática: deberán tramitar una Autorización Electrónica de Viaje (ETA-IL) desde 2025, con un costo de 25 séqueles israelíes, equivalentes a unos 25.000 pesos colombianos, y un tiempo de respuesta estimado de 72 horas. La ETA-IL tendrá una vigencia de dos años o hasta el vencimiento del pasaporte, lo que ocurra primero, y permitirá estadías de hasta 90 días por visita, aunque no garantiza el ingreso, ya que los viajeros estarán sujetos a controles migratorios. Se recomienda tramitar la autorización antes de hacer reservas y llevar pasaporte vigente, tiquete de ida y regreso, seguro médico, documentos de alojamiento y medios económicos.
Detalles del acuerdo y requisitos para colombianos
El borrador de resolución, que se encuentra en trámite bajo el gobierno de Abelardo de la Espriella, establece que la exención aplica exclusivamente para actividades de corta estancia. Para estancias superiores a 90 días, los colombianos deberán solicitar visas específicas, como la A/2 para estudiantes o la B/1 para trabajo. Hasta antes del 1 de septiembre de 2026, quienes deseen viajar a Israel deberán obtener una visa B/2 de visitante, cuyo trámite electrónico tiene un costo de 107.000 pesos colombianos y una respuesta en hasta 10 días. En contraste, los ciudadanos israelíes quedarán exentos de visa para ingresar a Colombia una vez que la resolución entre en vigor.
«Que, mediante la Nota Verbal No. 1560826/CONS del 16 de agosto de 2026, la División Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado de Israel se refirió de manera positiva al restablecimiento de las relaciones diplomáticas entre los dos Estados y propuso restablecer el régimen de exención de visado para los ciudadanos colombianos que viajen a Israel, replicando la exención recíproca aplicada a los ciudadanos israelíes que viajan a Colombia».
Borrador de resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia
«Mediante esta Resolución se exime del requisito de visa para actividades de corta estancia a los nacionales del Estado de Israel. La presente Resolución va dirigida a los nacionales del Estado de Israel que pretendan ingresar al territorio nacional con el fin de desarrollar actividades de corta estancia».
Borrador de resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia
La medida representa un paso significativo en la normalización de las relaciones bilaterales, luego de que la exención de visa para israelíes fuera eliminada mediante la Resolución 8558 de 2025. El canciller Omar Bula ha señalado que la implementación para septiembre de 2026 responde a un proceso diplomático cuidadoso, que busca facilitar el turismo y los viajes de corta estancia entre ambas naciones. Los colombianos que viajen a Israel deberán contar con la ETA-IL de forma individual, incluyendo a menores de edad, y se recomienda gestionarla con anticipación para evitar contratiempos. La autorización electrónica no reemplaza la necesidad de cumplir con los requisitos migratorios a la llegada, donde las autoridades israelíes evaluarán el propósito del viaje, los medios económicos y la documentación presentada.










