Jurados remanentes deberán repetir función en segunda vuelta presidencial

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La Registraduría Nacional del Estado Civil recordó que los jurados de votación remanentes designados para la primera vuelta presidencial deberán presentarse el próximo 21 de junio de 2026 para la segunda vuelta, repitiendo su función si fueron designados inicialmente. La entidad precisó que estos ciudadanos, seleccionados mediante resolución, tienen la obligación de reemplazar a los jurados titulares en caso de ausencia, con el objetivo de garantizar la apertura normal de las mesas ante imprevistos como emergencias médicas o calamidades domésticas. En total, para la primera vuelta se designaron 862.392 personas, distribuidas en 708.259 titulares y 142.612 remanentes, cifra que se mantiene para la segunda jornada electoral.

La jornada del 21 de junio exige que los jurados remanentes se reporten a las 7:00 de la mañana en sus puestos de votación asignados en todo el país. Deben presentarse con su cédula de ciudadanía y el comprobante de designación. La asignación formal a una mesa se realizará hasta las 7:45 de la mañana. Si para esa hora no hay vacantes —es decir, si todos los titulares asisten—, los remanentes recibirán una certificación de su presencia y podrán retirarse entre las 8:30 y las 9:00 de la mañana. En caso de que exista una vacante, el jurado remanente será asignado a la mesa correspondiente y asumirá todas las funciones completas del titular, incluyendo la capacitación previa que ofrece la Registraduría sobre el funcionamiento de mesas y el diligenciamiento de formularios.

Multas y sanciones por inasistencia

La inasistencia injustificada a esta obligación ciudadana acarrea una multa equivalente a diez salarios mínimos mensuales legales vigentes, que para 2026 asciende a 17 millones 509 mil 50 pesos. Para los funcionarios públicos, la sanción incluye la destitución del cargo. La Registraduría recordó que las vacaciones no son una causal de exoneración válida; solo se aceptan como justificantes enfermedades graves propias o de un familiar cercano, o el fallecimiento de un familiar directo en los tres días previos a la elección.

«Los jurados remanentes son los ciudadanos designados mediante resolución y cuya función es reemplazar a los jurados titulares, en caso de que estos no asistan el día de la jornada electoral».

Registraduría Nacional del Estado Civil

Entre los beneficios que obtienen los jurados de votación, tanto titulares como remanentes que efectivamente ejerzan su labor, se cuenta un día de descanso compensatorio remunerado dentro de los 45 días posteriores a la elección. Además, el certificado de participación puede utilizarse como criterio de desempate en concursos públicos o becas. La cercanía de la segunda vuelta presidencial, que enfrentará a los candidatos Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda, hace que la Registraduría insista en la necesidad de cumplir con esta responsabilidad para asegurar la transparencia del voto y el normal desarrollo de la jornada electoral en todo el territorio nacional, incluido el departamento de Caldas.

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