La Alcaldía de Cartagena confirmó la aplicación del programa Pico y Placa para este jueves 11 de junio, estableciendo restricciones específicas para la circulación de vehículos según su tipo y el último dígito de la placa. La medida, que busca disminuir el parque vehicular, reducir el tránsito, prevenir siniestros automovilísticos y bajar los niveles de contaminación en la ciudad, aplica de lunes a viernes, con excepción de los días festivos.
Para este jueves, las motocicletas con placas terminadas en 3 y 4 no podrán circular entre las 5:00 de la mañana y las 11:00 de la noche. En el caso de los vehículos particulares, la restricción también aplica para los dígitos 3 y 4, pero en dos franjas horarias específicas: de 7:00 a 9:00 de la mañana y de 6:00 a 8:00 de la noche. Los taxis, por su parte, tienen una restricción que opera durante 24 horas continuas, desde las 6:00 de la mañana del jueves hasta las 6:00 de la mañana del viernes, para aquellos con placas terminadas en 1 y 2.
Rotaciones semestrales para 2026
La administración distrital también detalló las rotaciones semestrales que regirán para los vehículos particulares durante el año 2026. El primer periodo, del 16 de enero al 27 de marzo, establece que los lunes no circulan placas 5 y 6; los martes, 7 y 8; los miércoles, 9 y 0; los jueves, 1 y 2; y los viernes, 3 y 4. Del 30 de marzo al 27 de junio, la rotación cambia: lunes 7 y 8, martes 9 y 0, miércoles 1 y 2, jueves 3 y 4, y viernes 5 y 6. Para el periodo del 30 de junio al 2 de octubre, la restricción será: lunes 9 y 0, martes 1 y 2, miércoles 3 y 4, jueves 5 y 6, y viernes 7 y 8. Finalmente, del 5 de octubre al 22 de enero de 2027, la medida aplicará así: lunes 1 y 2, martes 3 y 4, miércoles 5 y 6, jueves 7 y 8, y viernes 9 y 0.
En cuanto a los taxis, la rotación para el periodo comprendido entre el 1 y el 26 de junio de 2026 será la siguiente: los lunes no circulan placas 5 y 6; los martes, 7 y 8; los miércoles, 9 y 0; los jueves, 1 y 2; y los viernes, 3 y 4. El horario de restricción para este servicio es continuo, desde las 6:00 de la mañana del día de la medida hasta las 6:00 de la mañana del día siguiente.
Exenciones y sanciones
La Alcaldía recordó que existen varios tipos de vehículos exentos de la medida, entre los que se incluyen aquellos con Permiso Especial de Acceso, los vehículos eléctricos o de cero emisiones, los oficiales, de emergencia, de atención médica, de distribución de medicamentos, de rescate o traslado de órganos, de control de tráfico y grúas, de residuos hospitalarios, de medios de comunicación, turísticos y de enseñanza automovilística. Las autoridades advirtieron que los conductores que incumplan la restricción se harán acreedores a una multa equivalente a 15 días de salario mínimo vigente, que asciende a 711,750 pesos colombianos, considerando un salario mínimo diario de 47,450 pesos. Además, el vehículo del infractor será inmovilizado.












