La Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación preliminar contra la representante a la Cámara Gloria Arizabaleta, presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación del Pacto Histórico, por el presunto delito de prevaricato por acción. La decisión, a la que tuvo acceso este medio, se originó tras la denuncia presentada por el abogado Luis Felipe Henao y fue asignada al magistrado Misael Rodríguez, quien ordenó la práctica de pruebas y una inspección judicial en el despacho de la congresista en el Congreso de la República. El alto tribunal también dispuso verificar las afirmaciones del presidente Gustavo Petro sobre presuntos actos de “extorsión” y ordenó que el mandatario rinda declaración juramentada para ampliar formalmente su denuncia.
La investigación se centra en la expedición del auto de sustanciación No. 002 del 10 de junio de 2026, mediante el cual Arizabaleta, de manera individual, decretó la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro. Según el auto disciplinario de la Procuraduría General de la Nación, que ya había suspendido provisionalmente a la congresista por estos mismos hechos, la representante “pudo incurrir en la falta gravísima prevista en el artículo 65 del Código General Disciplinario, por cuanto su conducta podría adecuarse al delito de prevaricato por acción, consagrado en el artículo 413 del Código Penal, al haber dispuesto de manera individual (…) la medida cautelar de suspensión provisional del Presidente de la República (…) sin tener competencia para ello y sin acreditar el análisis de los requisitos para la procedencia de la medida cautelar, así como el grado de consulta y los parámetros para su cumplimiento”.
Suspensión previa y afectación a derechos fundamentales
La Procuraduría ya había dictado una suspensión provisional contra Gloria Arizabaleta por los mismos hechos, vigente hasta el 20 de julio de 2026, lo que le impide terminar su actual periodo en el Congreso. En esa decisión, el Ministerio Público consideró que la congresista actuó sin competencia legal y que su medida afectaba derechos fundamentales del presidente Petro. “La limitación impuesta al primer mandatario, al haberse adoptado sin la competencia y formalidades legales debidas, afectan los derechos derivados de la participación democrática que tienen la naturaleza de fundamentales”, señaló la Procuraduría, añadiendo que “el impacto en este caso de la medida cautelar que restringe la participación política del presidente trasciende a la representación política y actual que aquel ejerce, que se considera superior a la restricción impuesta a la congresista”.
«La limitación impuesta al primer mandatario, al haberse adoptado sin la competencia y formalidades legales debidas, afectan los derechos derivados de la participación democrática que tienen la naturaleza de fundamentales, de modo que el impacto en este caso de la medida cautelar que restringe la participación política del presidente trasciende a la representación política y actual que aquel ejerce, que se considera superior a la restricción impuesta a la congresista».
Procuraduría General de la Nación
La inspección judicial en la oficina de la representante, realizada en horas de la mañana del 11 de junio de 2026 por funcionarios del alto tribunal, forma parte de las pruebas ordenadas por la Corte Suprema para esclarecer los hechos. La investigación en curso busca determinar si Arizabaleta incurrió en una actuación ilegal al pretender suspender al jefe de Estado sin la debida competencia, un caso que ha generado un fuerte debate en el ámbito político y jurídico del país, dado que la congresista pertenece al mismo partido de gobierno que el presidente Petro.












