El Tribunal Superior de Bogotá emitió un fallo de segunda instancia el pasado 10 de noviembre de 2025 que revocó la condena impuesta a ocho de once cirujanos plásticos, quienes habían sido hallados responsables por los delitos de falsedad en documento privado y fraude procesal. La decisión judicial absuelve a los profesionales de la salud, entre los que se encuentran Víctor Manuel Jaramillo Torres, Javier Locano Botero, Rodolfo Albeiro López Zapata, Giovanni Cortés Montealegre, Marco Antonio Vergara Calero, Gerardo Rojas Gómez, Alfredo Rodríguez Figueroa, María Mónica Martínez, Rubén Darío Arciniegas Martínez, Juan Fernando Abadía Silva y Henry Diego Fernando Ortiz Silva, luego de que la defensa argumentara una vulneración de derechos humanos y la insuficiencia de pruebas en el proceso.
El caso se originó por la convalidación de títulos de cirugía plástica y estética obtenidos en la Universidad Veiga de Almeida, en Brasil. La Fiscalía General de la Nación había sostenido que los médicos no cumplieron con el requisito de cuatro años de presencialidad que exigía la universidad, y que estuvieron en ese país por cortos periodos, de 51 y 95 días máximo, según consta en la investigación. En primera instancia, los once profesionales fueron condenados a seis años de prisión, una pena que ahora queda sin efecto para la mayoría de los implicados, aunque se desconocen los detalles específicos del fallo de revocación emitido por el tribunal bogotano.
Los argumentos de la defensa y la legalidad de los títulos
El equipo jurídico de los médicos ha defendido la legitimidad de su formación académica, señalando que la homologación de los títulos por parte de la Universidad Veiga de Almeida se realizó conforme a las normativas tanto brasileñas como colombianas. En sus declaraciones, los abogados afirmaron que «la legalidad de los títulos ha sido puesta en duda por un fallo judicial que desconoce la validez de estos documentos, a pesar de su reconocimiento oficial en Brasil». Además, destacaron que los documentos presentados fueron validados por el Ministerio de Educación Nacional de Colombia y las autoridades de la universidad, lo que garantiza su autenticidad. La defensa también ha criticado la supuesta omisión de pruebas clave por parte de la Fiscalía y los tribunales durante el proceso.
«En el curso de la investigación se estableció que los médicos no cumplieron con el requisito de cuatro años de presencialidad que exigía la universidad, y estuvieron en ese país por cortos periodos, de 51 y 95 días máximo»
Fiscalía General de la Nación
La controversia se centra en las 2.616 horas reportadas en el histórico escolar de los médicos, un dato que la Fiscalía cuestionó al considerar que no se correspondía con el tiempo de estancia en Brasil. Mientras tanto, la defensa ha presentado una solicitud de medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que deberá evaluar el caso. Como consecuencia del proceso, el Ministerio de Salud debía actualizar el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (Rethus) y el Ministerio de Educación cancelar las resoluciones de convalidación, aunque la absolución de los ocho cirujanos podría modificar el panorama administrativo para estos profesionales.












