El Consejo Nacional Electoral (CNE) levantó de manera definitiva las restricciones que impedían a la encuestadora AtlasIntel publicar encuestas electorales, habilitándola para operar en futuros procesos. La decisión fue adoptada en la Sala Plena del tribunal por ocho votos a favor y uno en contra, dejando sin efecto el artículo segundo del auto del 19 de mayo de 2026 que había impuesto la medida cautelar. La magistrada Fabiola Márquez, del Pacto Histórico, y el magistrado Altus Baquero fueron los protagonistas de esta resolución que marca un precedente en la regulación de sondeos de opinión en el país.
La restricción original había sido impuesta por la magistrada Márquez, quien argumentó que los estudios de AtlasIntel se asemejaban a sondeos y no cumplían todos los requisitos legales establecidos en el expediente CNE-E-DG-2026-014724. Sin embargo, la medida ya se encontraba suspendida de facto, lo que permitió a la encuestadora difundir mediciones antes de la segunda vuelta presidencial. El último sondeo publicado por AtlasIntel, el 15 de mayo de 2026, ubicó a Iván Cepeda con un 38,7 % de intención de voto y a Abelardo de la Espriella con un 37,3 %.
La decisión de la Sala Plena se fundamentó en que ningún magistrado puede restringir derechos fundamentales de manera individual, y cualquier medida de este tipo debe contar con el aval de los nueve integrantes del tribunal. Además, el Consejo de Estado había suspendido la facultad del CNE para prohibir la publicación de encuestas, lo que reforzó la necesidad de levantar la restricción. El magistrado Altus Baquero presentó salvamento de voto, señalando la importancia de unificar trámites administrativos y decisiones judiciales sobre el control de encuestas.
La resolución llega a pocos días de la segunda vuelta presidencial entre Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda Castro, pero no tiene efectos prácticos en la actual contienda debido a la prohibición legal de publicar encuestas antes de los comicios. No obstante, el levantamiento de restricciones permitirá a AtlasIntel retomar la publicación de estudios de opinión en futuros procesos, como las elecciones regionales. La investigación sobre los métodos y la legalidad de las encuestas de la firma continúa abierta para determinar si existieron irregularidades técnicas o metodológicas.
Algunos sectores consideraron la restricción original como una forma de censura, al no haber sido discutida ni votada en la Sala Plena del CNE. Con esta decisión, el tribunal busca garantizar el equilibrio entre la libertad de información y el control electoral, sentando un precedente para la regulación de encuestas en futuros procesos democráticos.












