Electo presidente no podrá eliminar la JEP sin reforma constitucional

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El electo presidente Abelardo de la Espriella no podrá desmontar la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) mediante una simple decisión del Ejecutivo, según aclaró Nicolás Mayorga, docente de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana. El experto explicó que cualquier intento de eliminar este tribunal requeriría una reforma constitucional aprobada por el Congreso, debido a que la JEP tiene su fundamento en el artículo transitorio 5 del Acto Legislativo 01 de 2017, no en una ley ordinaria ni en una disposición administrativa del Gobierno.

La JEP es un mecanismo de justicia transicional creado tras la firma del Acuerdo de Paz con las Farc-EP en 2016. Su función es investigar, juzgar y sancionar los delitos más graves del conflicto armado interno colombiano, y su continuidad no depende de la voluntad del nuevo mandatario, a diferencia de las mesas de negociación con grupos armados. Actualmente, la JEP cuenta con un presupuesto anual de aproximadamente 739.000 millones de pesos y un plazo de funcionamiento inicial de 15 años a partir de la entrada en vigor de su régimen procesal, es decir, hasta 2032, con una posible prórroga de hasta cinco años adicionales, hasta 2037, solo para finalizar procesos en curso.

Durante su campaña, Abelardo de la Espriella afirmó que buscaría terminar con la JEP, calificándola de «bodrio» y comprometiéndose a hacer «todo lo que esté en mis manos, en el marco de la Constitución y la ley» para evitar el gasto que considera un despilfarro. En declaraciones textuales, el electo presidente sostuvo que «la JEP no es un tribunal judicial. Es un directorio político disfrazado de tribunal. No ha producido absolutamente nada. La JEP, además, no ha producido absolutamente nada, porque no ha habido ni justicia, ni verdad, ni reparación». También señaló que «tiene un altísimo costo para Colombia. A mí me parece que no se justifica que un organismo como ese gaste tanto dinero sin producir resultado alguno».

Sin embargo, Mayorga fue contundente al precisar los límites legales de esa promesa. «Una eventual eliminación de la JEP no podría producirse únicamente por el Ejecutivo. Al tener fundamento constitucional, cualquier intento de desmontarla requeriría una reforma constitucional aprobada por el Congreso mediante un nuevo acto legislativo», dijo el académico. La JEP ha juzgado a excombatientes, agentes del Estado, militares y otros individuos por crímenes de lesa humanidad, ofreciendo beneficios jurídicos a quienes reconozcan su responsabilidad y contribuyan al esclarecimiento. De la Espriella insiste en que los responsables deben enfrentar «penas reales» y cuestiona que exintegrantes de las Farc no hayan recibido sanciones acordes con la dimensión del daño.

«Una eventual eliminación de la JEP no podría producirse únicamente por el Ejecutivo. Al tener fundamento constitucional, cualquier intento de desmontarla requeriría una reforma constitucional aprobada por el Congreso mediante un nuevo acto legislativo»

Nicolás Mayorga, docente de la Facultad de Estudios Jurídicos, Políticos e Internacionales de la Universidad de La Sabana

Expertos han indicado que el plazo de la JEP podría extenderse hasta 2037, argumentando que un conflicto de más de 70 años no puede ser reconocido por completo en poco tiempo. Mientras tanto, el debate sobre su permanencia y eficacia continuará, pero lo cierto es que cualquier cambio estructural deberá sortear el trámite legislativo, no la voluntad presidencial.

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