Dian ajusta calendario de impuestos de julio por nuevo festivo nacional

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ajustó las fechas de vencimiento de varios tributos correspondientes a julio de 2026, tras la creación de un nuevo festivo nacional en Colombia. La medida obedece a la promulgación de la Ley 2578 de 2026, que declaró el 9 de julio como día de la Virgen de Nuestra Señora de Chiquinquirá, fecha que, por aplicación de la Ley Emiliani, se trasladó al lunes 13 de julio. Con este cambio, la Dian reprogramó los plazos de pago que originalmente coincidían con ese día feriado, estableciendo un calendario que va desde el 9 hasta el 24 de julio, dependiendo del último dígito del NIT, y fijó el 15 de julio como fecha única para ciertos tributos específicos.

Según el nuevo cronograma, los contribuyentes deberán cumplir con sus obligaciones de acuerdo con la terminación de su NIT: los que finalicen en 1 pagarán el 9 de julio; en 2, el 10; en 3, el 14; en 4, el 15; en 5, el 16; en 6, el 17; en 7, el 21; en 8, el 22; en 9, el 23; y en 0, el 24 de julio. En contraste, para los impuestos a bebidas azucaradas, alimentos ultraprocesados, gasolina y ACPM, carbono, IVA sobre servicios desde el exterior y el Impuesto Nacional al Consumo (PES), la fecha de vencimiento es única: el 15 de julio. La medida impacta obligaciones como el impuesto nacional al consumo, la segunda cuota del impuesto sobre la renta de personas jurídicas, el anticipo del Régimen Simple de Tributación, el IVA bimestral y la retención en la fuente, entre otros. La Dian aclaró que los demás plazos establecidos en el calendario tributario vigente se mantienen sin modificaciones.

Contexto del nuevo festivo

El 1 de junio de 2026, el Congreso de la República oficializó la Ley 2578, mediante la cual se crea el festivo nacional de la Virgen de Nuestra Señora de Chiquinquirá, conmemoración que originalmente cae el 9 de julio pero que, por disposición de la Ley Emiliani, se trasladó al lunes 13 de julio. Este nuevo día feriado generó la necesidad de ajustar los vencimientos tributarios que caían en esa fecha, según explicó la entidad en un comunicado oficial.

«La Dian invita a los contribuyentes a verificar de manera puntual aquellas fechas que pudieron haber sido impactadas por este ajuste y aclara que los demás plazos establecidos en el calendario tributario vigente se mantienen sin modificaciones».

La Dian, comunicado oficial

Declaración de renta 2025

En la misma comunicación, la Dian fijó el calendario para la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025, cuya presentación se realizará en 2026. El proceso iniciará el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de ese año, organizado según los dos últimos dígitos del NIT de cada contribuyente. Se espera un recaudo cercano a los 6,1 billones de pesos, y se estima que cerca de 7 millones de personas naturales deberán presentar su declaración de renta, siempre que cumplan con las condiciones de patrimonio, ingresos, consumo o responsabilidad en el IVA. La entidad recordó que el resto del calendario tributario vigente permanece sin cambios, por lo que los contribuyentes deben estar atentos únicamente a las fechas ajustadas por el nuevo festivo.

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