A partir del 15 de julio, hora ordinaria sube a $8.338 por reducción de jornada

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A partir del miércoles 15 de julio de 2026, entra en vigor el último escalón de la reducción de la jornada laboral máxima en Colombia, pasando de 44 a 42 horas semanales, según lo dispuesto en la Ley 2001 de 2021. Este cambio impacta directamente a todos los trabajadores que devengan el salario mínimo, que para 2026 se fijó en 1.750.905 pesos mensuales, así como a empleados de empresas privadas y del sector público. Al disminuir las horas trabajadas sin modificar el salario mensual, el valor de cada hora ordinaria aumenta de manera automática: antes del 15 de julio la hora se pagaba a 7.959 pesos, y desde esa fecha sube a 8.338 pesos.

La liquidación de nómina del mes de julio de 2026 será mixta: los primeros 14 días se calcularán con la tarifa horaria antigua, mientras que desde el día 15 hasta el final del mes se aplicará la nueva tarifa. Además, el recargo nocturno ahora aplica desde las 7:00 de la noche (antes era desde las 9:00 p.m.), lo que combinado con la nueva base horaria altera los valores de los diferentes recargos. De esta forma, trabajadores y departamentos de recursos humanos deben recalcular las nóminas para ajustarse a la normativa.

La Ley 2001 de 2021 estableció reducciones progresivas de la jornada máxima, y este es el último paso obligatorio. El espíritu de la norma, como se ha señalado desde su implementación, es que las personas tengan más tiempo libre para el descanso o el esparcimiento familiar al ganar exactamente la misma cantidad de dinero al final del mes. El cambio incrementa el valor de la hora ordinaria y todos los recargos asociados sin que el Gobierno haya decretado un nuevo aumento salarial.

Valores actualizados de recargos laborales

Con la nueva hora ordinaria de 8.338 pesos, los recargos quedan de la siguiente manera: el recargo nocturno (35%) se paga a 11.256 pesos la hora; la hora extra diurna (25% adicional) asciende a 10.422 pesos; la hora extra nocturna (75% adicional) se ubica en 14.591 pesos; el recargo dominical o festivo diurno (75%) también es de 14.591 pesos; y el recargo dominical o festivo nocturno (110%) llega a 17.509 pesos. Estas cifras son clave para que empleadores y empleados calculen correctamente las liquidaciones.

«El espíritu de esta norma es que las personas tengan más tiempo libre para el descanso o el esparcimiento familiar, al ganar exactamente la misma cantidad de dinero al final del mes.»

Fuente del artículo, Infobae

«La legislación nacional es muy clara al advertir que las empresas no pueden bajar el sueldo mensual ni quitar los beneficios adquiridos en los contratos con la excusa de la reducción de la jornada.»

Fuente del artículo, Infobae

Es importante recordar que la reducción de jornada no implica disminución del salario mensual ni de los beneficios adquiridos en los contratos laborales. Los trabajadores deben estar atentos a que sus empleadores cumplan con la nueva liquidación a partir del 15 de julio, y en caso de inconsistencias, pueden acudir a las autoridades laborales. Este cambio representa un avance en la búsqueda de un equilibrio entre la vida laboral y personal, aunque exige una actualización contable y administrativa en todas las empresas del país.

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