Corte Suprema revoca decisión y ordena nuevas pruebas contra Name y Calle

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La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia profirió una decisión de suma relevancia en el proceso que se sigue contra los excongresistas Iván Leonidas Name Vásquez, expresidente del Senado, y Andrés David Calle Aguas, expresidente de la Cámara de Representantes, por su presunta participación en el escándalo de corrupción de la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd). En un auto fechado el 22 de julio de 2026, con ponencia del magistrado Jorge Hernán Díaz Soto, el alto tribunal revocó parcialmente las decisiones de primera instancia, ordenando la práctica de pruebas que habían sido negadas previamente, al tiempo que confirmó la negativa de conceder la libertad por vencimiento de términos y mantuvo firme el llamado a juicio contra ambos exfuncionarios.

La determinación se dio en respuesta a los recursos de apelación interpuestos por las defensas, quienes cuestionaban la negativa de nulidad, la decisión sobre la admisión de pruebas y la negativa de libertad. La Sala Especial de Primera Instancia había emitido los autos apelados: el AEP 022-2026 del 3 de marzo de 2026 y el AEP 052-2026 del 14 de abril de 2026. Ahora, la Corte resolvió revocar la denegación de pruebas contenida en el primero de estos autos, decretando las solicitudes por las razones expuestas en la parte motiva, y fijando el alcance temporal de las mismas desde el año 2021 hasta el 2024. Asimismo, confirmó en los demás aspectos el auto AEP 022-2026 y la totalidad del auto AEP 052-2026.

Las acusaciones y las cifras del caso

El proceso investiga a Name y Calle por los delitos de cohecho impropio y peculado por apropiación en favor de terceros agravado. La tesis de la investigación sostiene que ambos habrían recibido sobornos para facilitar la aprobación de reformas del Gobierno nacional, especialmente la reforma al sistema de salud y la pensional. Según las autoridades, los montos involucrados son exorbitantes: Iván Name habría recibido 3.000 millones de pesos, mientras que Andrés Calle habría obtenido 1.000 millones de pesos. La entrega del dinero se habría materializado en octubre de 2023, en dos pagos. Los fondos, según la investigación, provenían de un préstamo otorgado por el particular Pedro José Castro Espinosa, el cual fue posteriormente reembolsado con dinero desviado de un contrato de la Ungrd para la compra de carrotanques destinados a La Guajira. El expediente judicial, que ya suma 299 páginas, recoge los detalles de esta compleja trama.

La decisión de la Corte es contundente al ordenar la práctica de las pruebas que habían sido rechazadas en primera instancia. En el documento se lee textualmente: «REVOCAR la denegación de las pruebas» y «SE DECRETAN, por las razones expuestas en la parte motiva». Asimismo, se precisó que el alcance temporal de las evidencias será «desde el año 2021 al 2024». La Corte también fue clara al manifestar que «CONFIRMAR en los demás aspectos el auto AEP 022-2026 del 3 de marzo de 2026», y ordenó devolver el diligenciamiento a la Sala Especial de Primera Instancia para lo de su cargo, aclarando que contra esta decisión no proceden recursos.

«Después de analizar los argumentos de la defensa y el material probatorio, la Sala concluye que las pruebas solicitadas son pertinentes y necesarias para esclarecer los hechos ocurridos entre 2021 y 2024, por lo que se revoca su denegación y se decreta su práctica.»

Sala de Casación Penal, Corte Suprema de Justicia

En el desarrollo de la investigación, la defensa de Name había cuestionado la validez de testimonios, pero la Corte admitió las pruebas. Incluso la Procuraduría había apoyado un recurso de nulidad de la defensa, argumentando que los fondos provenían de un particular y no de recursos públicos, un argumento que fue rechazado por la Sala Especial de Instrucción. La Corte considera probado que Name y Calle sabían que los fondos provenían del patrimonio de la Ungrd, basándose en evidencia forense como chats que coordinaban la entrega del dinero. Según el expediente, la entrega del dinero a Name habría sido hecha por Sandra Ortiz, exconsejera para las Regiones, mientras que a Calle se la habría entregado Sneyder Pinilla, exsubdirector de la Ungrd, en su apartamento en Montería.

La cadena de acuerdos que rodea este caso involucra a Olmedo López, Sneyder Pinilla, Carlos Ramón González y Sandra Ortiz. Todos, salvo González, se encuentran bajo medida de aseguramiento. La noticia de la Corte ha generado un fuerte impacto en el ámbito político y judicial, especialmente porque varios magistrados dejaron constancia de salvamentos y adiciones de voto en la decisión de confirmar el llamado a juicio. Mientras tanto, Name y Calle han negado haber recibido coimas del Gobierno nacional. Con esta decisión, la Corte Suprema reafirma su posición de mantener la investigación en firme, ordenando nuevas pruebas que podrían ser determinantes en el juicio que se avecina. El proceso continúa su curso en la Sala Especial de Primera Instancia, que deberá ahora acatar la orden de practicar las pruebas decretadas y seguir adelante con el llamado a juicio.

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