Corte Constitucional ordena eliminar barreras contra personas trans en la Registraduría

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La Corte Constitucional, a través de la Sala Cuarta de Revisión, emitió la sentencia T-141 de 2026 en la que ordena a la Registraduría Nacional del Estado Civil eliminar las barreras administrativas que afectan la participación política de personas trans, luego de constatar la vulneración de los derechos de una mujer trans que no pudo inscribirse como candidata al Consejo Municipal de Juventud en Piendamó, Cauca.

El caso tiene como protagonista a Engel Cattleya Valencia, una mujer trans de 25 años, residente en zona rural de Piendamó, Cauca, quien había iniciado el trámite de cambio de nombre y corrección del componente de género en sus documentos de identidad. Sin embargo, cuando el partido Dignidad & Compromiso intentó inscribirla como cabeza de lista al Consejo Municipal de Juventud para el período 2026-2030, la plataforma virtual de la Registraduría aún mostraba el marcador masculino de la accionante, lo que impidió cumplir las reglas de alternancia y paridad exigidas para la inscripción de su candidatura.

La Sala Cuarta de Revisión estudió la acción de tutela presentada por Valencia y, si bien declaró la carencia actual de objeto por daño consumado, dado que el proceso electoral para el Consejo Municipal de Juventud ya había concluido, se pronunció de fondo y emitió órdenes contundentes para evitar que situaciones similares se repitan en el futuro. La sentencia T-141 de 2026, emitida en el presente año, establece que la Registraduría Nacional del Estado Civil deberá adoptar medidas efectivas para eliminar las barreras que enfrentan las personas con identidad de género diversa en los procesos electorales.

Entre las órdenes específicas, la Corte ordenó a la Registraduría capacitar a todos sus funcionarios en temas de identidad de género, diversidad sexual y derechos de las personas LGBTIQ+. Además, deberá diseñar alternativas de inscripción virtual para aquellas personas trans cuyos trámites de actualización documental aún no hayan finalizado, garantizando así que puedan participar en condiciones de igualdad. También se exige difundir activamente información electoral dirigida a esta población y entregar información completa sobre la validez de la contraseña expedida mientras se produce la nueva cédula de ciudadanía.

La Sala encontró que el registrador municipal de Piendamó incurrió en actuaciones discriminatorias al preguntar a la accionante sobre procedimientos de reafirmación de género y no suministrar información adecuada sobre el proceso de inscripción. La sentencia también incluyó una advertencia al partido Dignidad & Compromiso, aunque los detalles de dicha advertencia no fueron especificados en el fallo. Con esta decisión, la Corte Constitucional busca garantizar que el derecho a la participación política de las personas trans no sea vulnerado por barreras administrativas ni por la falta de actualización de los sistemas de registro.

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