Pico y placa en Bogotá para el lunes 10 de agosto: restricción total a particulares

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El programa Pico y Placa en Bogotá regirá este lunes 10 de agosto de 2026 con una particularidad que ha generado confusión entre los conductores. Según el calendario oficial de la Alcaldía, la restricción para vehículos particulares y motos aparece señalada como “Todos”, sin especificar los dígitos de placa afectados, lo que contradice abiertamente las reglas generales del programa establecidas por la Secretaría de Movilidad. Esta dependencia explica que, en días pares como el 10 de agosto, no pueden circular los automóviles particulares cuyas placas terminen en 1, 2, 3, 4 o 5, mientras que en días impares la restricción aplica para las terminaciones 6, 7, 8, 9 y 0. Ante esta discrepancia, se recomienda a los ciudadanos verificar directamente con las autoridades capitalinas para evitar sanciones.

La restricción vehicular, que opera en Bogotá desde 1998 con el objetivo de mitigar la congestión y reducir la contaminación ambiental, contempla horarios diferenciados según el tipo de vehículo. Para particulares y motos, la prohibición de circular se extiende desde las 6:00 hasta las 21:00 horas. En el caso de los taxis y vehículos de transporte especial, la medida comienza más temprano, a las 5:30, y se mantiene hasta las 21:00 horas, con una rotación semanal de los dígitos restringidos que cambia por grupos de dos. Los vehículos de carga tienen dos bloques horarios fijos de lunes a viernes: el primero de 6:00 a 8:00 y el segundo de 17:00 a 20:00, aunque los sábados pueden circular con ciertas condiciones relacionadas con el peso y la antigüedad del automotor.

Multas y exenciones vigentes

Violar el Pico y Placa en la capital colombiana implica una sanción económica de 522.900 pesos colombianos, valor correspondiente a 2023 que podría estar actualizado para 2026, además de la inmovilización del vehículo, tipificada como infracción C.14 del Código Nacional de Tránsito. No obstante, la Secretaría de Movilidad ha establecido un listado de exenciones que incluye a vehículos eléctricos, híbridos y de cero emisiones, así como motos, automóviles diplomáticos, funerarios, de emergencia, seguridad, transporte de personas con discapacidad, control de tráfico, grúas, medios de comunicación, autoridades judiciales, transporte escolar y de enseñanza automovilística. También pueden circular sin restricción aquellos vehículos que transporten tres o más ocupantes desde el inicio del viaje, siempre que cuenten con el registro previo ante la autoridad de movilidad.

Adicionalmente, este lunes 10 de agosto se aplica el denominado Pico y Placa Regional, una medida especial que opera el último día de los puentes festivos en nueve corredores de ingreso a Bogotá. Los conductores que necesiten desplazarse hacia la ciudad desde municipios aledaños deben consultar los horarios y vías específicos habilitados. Como alternativa, existe el Pico y Placa Solidario, un permiso pago que permite circular durante los días de restricción, ofreciendo una opción para quienes requieran usar su vehículo particular de manera excepcional. Ante la contradicción evidenciada en el calendario oficial, las autoridades insisten en consultar los canales oficiales de la Secretaría de Movilidad para resolver cualquier duda y evitar infracciones.

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