La medida afecta a todas las capitales que atienden la emergencia sísmica
La Aeronáutica Civil de Colombia anunció la restricción temporal del vuelo de drones en los municipios de Cali, Pereira, Manizales y Quibdó, con el objetivo de evitar interferencias con las operaciones aéreas de emergencia que se adelantan tras el terremoto de magnitud 7,4 registrado el pasado 12 de agosto.
La medida rige mientras permanezcan activos los Puestos de Mando Unificado (PMU) establecidos en las zonas afectadas por el sismo, cuyo epicentro se localizó en San José del Palmar, Chocó.
Según lo dispuesto por la entidad, solo podrán operar drones vinculados directamente a labores de socorro, como búsqueda y rescate de sobrevivientes, ayuda humanitaria y evaluación de daños. Estos equipos deberán coordinar cada uno de sus vuelos con el PMU correspondiente, sin necesidad de autorización previa, pero cumpliendo estrictamente el Reglamento Aeronáutico (RAC 100) y manteniendo el registro vigente de las aeronaves no tripuladas. En contraste, quedan suspendidos todos los vuelos recreativos y aquellos que no estén relacionados con la contingencia.
La decisión se toma en un contexto de emergencia nacional que ha dejado, hasta el momento, 265 víctimas mortales, 3.494 heridos y 496 personas desaparecidas. El terremoto causó el colapso de 257 estructuras, daños en 129 vías, 20 puentes vehiculares averiados, 43 acueductos afectados y dos aeropuertos con daños. Más de 53.816 personas han resultado afectadas en la región, que incluye también a Armenia, donde se mantiene la alerta roja.
En Cali, específicamente en el barrio Capri, los equipos de rescate ya utilizan drones equipados con cámaras térmicas y de alta resolución para localizar sobrevivientes bajo los escombros. La Aeronáutica Civil advirtió que los operadores de drones que incumplan la restricción podrán enfrentar sanciones contempladas en el régimen sancionatorio aeronáutico, y reiteró el llamado a la ciudadanía para que se abstenga de realizar vuelos recreativos durante la emergencia.
La restricción se mantendrá vigente hasta que los PMU sean desactivados o hasta que las condiciones de la emergencia modifiquen las disposiciones. La entidad enfatizó que los operadores bajo la Categoría Específica deben cumplir con todos los requisitos y autorizaciones establecidos en el Reglamento Aeronáutico, mientras que quienes realicen vuelos no autorizados se exponen a procesos sancionatorios.
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