Superintendencia activa quejas exprés y alivios crediticios tras sismo en Caldas

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La Superintendencia Financiera de Colombia activó el mecanismo de ‘Quejas exprés’ para priorizar los reclamos de los usuarios afectados por el sismo que sacudió amplias regiones del país, y anunció un proyecto de alivios crediticios temporales. La instrucción fue formalizada mediante la Carta Circular 54 de 2026, expedida luego del Decreto 1171 del 11 de agosto, que declaró el desastre nacional. La medida aplica para los 12 departamentos incluidos en dicho decreto y, adicionalmente, para las reclamaciones de usuarios domiciliados en Chocó, Risaralda, Valle del Cauca, Caldas y Quindío.

El superintendente delegado para Consumidor Financiero, Álvaro Eduardo Huncial Atencia Martínez, explicó que las entidades financieras deben gestionar con prioridad los reclamos bajo los principios de debida diligencia y trato justo, sin exigir trámites adicionales ni requisitos extraordinarios. El mecanismo se activa automáticamente por la declaratoria de desastre nacional y busca agilizar la atención a los afectados. “El consumidor no tiene que determinar cuál entidad debe resolver su reclamación”, señaló la Superintendencia en la carta circular.

Alivios crediticios y medidas para deudores

Como parte de las medidas, la Superintendencia presentó un proyecto de Circular Externa que establece alivios temporales para los deudores. El plazo para comentarios de este proyecto vence el 14 de agosto a la medianoche. Entre las disposiciones, se contempla que la renegociación de créditos no podrá exceder los 90 días, y los nuevos plazos para créditos refinanciados no excederán el doble del período pendiente ni superarán los 20 años. Durante el proceso de renegociación no se cobrarán intereses ni mora.

La propuesta incluye períodos de gracia, tasas de interés especiales, esquemas flexibles de amortización y protección de la calificación crediticia para los afectados. Los establecimientos de crédito deberán implementar programas dirigidos a obligaciones contraídas antes del 10 de agosto de 2026. Las entidades financieras deberán habilitar canales prioritarios para la atención de consultas y reclamaciones de los usuarios.

Medidas para aseguradoras, fiduciarias y fondos de pensiones

La circular también establece disposiciones para otros actores del sistema financiero. Las aseguradoras deberán facilitar el pago de primas y la gestión de siniestros relacionados con el sismo. Las fiduciarias y comisionistas deberán facilitar la redención de fondos de inversión colectiva, mientras que las administradoras de fondos de pensiones deberán agilizar los retiros de cesantías para vivienda.

La Superintendencia Financiera realizará un monitoreo permanente sobre la gestión de las quejas relacionadas con el desastre. Estas medidas estarán vigentes mientras continúe la situación de desastre declarada por el Gobierno, según lo establecido en el Decreto 1171 del 11 de agosto, que reconoce los daños severos en viviendas, infraestructuras y servicios esenciales ocasionados por el sismo.

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