Tras sismo del 10 de agosto, MinSalud expide nuevas exigencias para EPS en Colombia

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El Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Circular Externa 0028 de 2026, el pasado 16 de agosto, con el objetivo de garantizar la continuidad de los servicios de salud en todo el territorio colombiano, luego del terremoto de magnitud 7,4 que sacudió al país el 10 de agosto. La medida, dirigida a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), establece nuevas obligaciones para asegurar que la red de prestación de servicios se mantenga operativa y pueda adaptarse a la creciente demanda generada por la emergencia, la cual ha afectado a 15 departamentos y 450 municipios, con epicentro en San José del Palmar, departamento del Chocó.

El sismo, considerado uno de los eventos sísmicos más graves de la historia reciente de Colombia, ha dejado, según cifras actualizadas al 16 de agosto, un total de 120.238 familias afectadas, 4.187 personas lesionadas, 143 desaparecidas, 354 rescatadas con vida y 289 fallecidas. La Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (Ungrd) reporta que más de 185.000 personas han resultado damnificadas. Ante este panorama, el Ministerio de Salud busca proteger a quienes requieren servicios esenciales, priorizando la atención a grupos específicos como pacientes con enfermedades crónicas o de alto costo, gestantes, adultos mayores, personas con discapacidad, niños, niñas, adolescentes y quienes tienen tratamientos activos, así como a la población desplazada por la emergencia.

Obligaciones para las EPS y apoyo de la Adres

La circular exige a las EPS mantener operativas sus redes de prestación y adaptarlas según la demanda, informar oportunamente cualquier cambio en rutas y puntos de atención, garantizar el acceso a medicamentos y tecnologías en salud, y sostener la atención a personas desplazadas temporalmente, así como a pacientes remitidos desde instituciones afectadas. Para ello, se contemplan estrategias como consulta prioritaria, atención en salud mental, telemedicina, uso de vehículos asistenciales y atención extramural. La Superintendencia Nacional de Salud, por su parte, reforzará la vigilancia sobre barreras de acceso y negativas de atención, asegurando que no se vulneren los derechos de los afectados.

En cuanto al reconocimiento económico de los servicios prestados, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) emitirá certificados de reconocimiento por hasta 36 millones 749 mil 788 pesos con 32 centavos por cada servicio de salud. Los afectados pueden solicitar ante la Adres el reconocimiento de servicios de salud, gastos de transporte, indemnización por fallecimiento, gastos funerarios e incapacidad permanente. Si el valor de los servicios supera ese monto, la EPS correspondiente asumirá el pago y la gestión, garantizando así la continuidad de la atención a pacientes internados en instituciones afectadas que debieron ser trasladados.

Las EPS también deben asegurar la continuidad de la atención a pacientes internados en instituciones que resultaron dañadas por el sismo y que, por tanto, requirieron ser trasladados a otros centros asistenciales. La circular, expedida bajo el marco de la emergencia, busca responder de manera integral a la crisis humanitaria desatada por el terremoto, protegiendo la vida y la salud de miles de colombianos en un momento crítico para el país.

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